Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 24/2/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 17 de enero de 1989, de la Universidad de Sevilla, por la que se dictan normas para la aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo al Personal Funcionario de la misma.

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La tremenda complejidad material, así como la trascendencia que ha de tener para el conjunto y desarrollo de la función pública universitaria , la aplicación -por vez primera- de las relaciones de puestos de trabajo previstas para toda la Administración Pública, determinó que el Estado o las Comunidades Autónomas respectivas dictarán diversas normas de aplicación de dichas relaciones de puestos de trabajo, entre las que se pueden citar el artículo 16 de la Ley 30/84, el artículo 15 de la Ley

23/88, la Orden del Ministerio de las Administraciones Públicas de 15 de enero del 1986, etc.

Asimismo, el régimen de Autonomía Universitaria, consagrado en el artículo 27.10 de la Constitución y su desarrollo en la Ley Orgánica

11/83 de Reforma Universitaria, establece un principio de autorregulación parcial de la función pública no docente en las Universidades. En tal sentido, la Universidad de Sevilla establece en sus normas estatutarias, aprobadas por Decreto 148/88, la facultad de dictar normas reglamentarias que, dentro del respeto a la legalidad estatal y autonómica, establezcan la más adecuada gestión de sus servicios para el cumplimiento de las funciones que le han sido asignadas.

De aquí, la necesidad de que una vez aprobada y publicada la relación de puestos de trabajo de la Universidad de Sevilla, sea ésta la que dicte las adecuadas normas de aplicacion de dicha relacion de puestos de trabajo La aprobación de esta primera relación de puestos de trabajo crea en la Administración Universitaria una serie de situaciones transitorias, entre las que destaca la referente a la forma de provisión de los puestos de trabajo que en la misma se contemplan, especialmente si se venían desempeñando con anterioridad. Tal particularidad ha sido comtemplada por la Administración estatal cuando en el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo, aprobado por Real Decreto 2617/85 de caracter supletorio para los funcionarios de la Administración Universitaria,entre otros,opta en la disposicion transitoria quinta por la continuidad del funcionario en el puesto de trabajo que venia ocupando aun cuando sus requisitos y formas de provision se modifiquen estandose, obviamente, en cuanto a su cese en los mismos, a las reglas del sistema de provision mediante el que fueron nombrados.Este precepto habilita , pues,a que de forma transitoria el funcionario no se vea desplazado por la mera aprobación de la relación de puestos de trabajo. Tal norma citada, permite fundamentar la viabilidad de las adscripción directa de los funcionarios a los puestos de trabajo que venían desempeñando a través de unos criterios objetivos que garanticen la seguridad jurídica, en cuanto permiten apreciar la correspondencia de un puesto de trabajo con otro de la realción aprobada en cuyo ejercicio pueda continuarse o cuando se está ante un puesto de trabajo de nueva creación, que ha de adscribirse mediante concurso. Por todo cuanto antecede, este Rectorado en el uso de las facultades que tiene conferidas, ha resuelto dictar las siguientes normas para la aplicación de la relación de puestos de trabajo al personal funcionario de la misma:

1.- La adscripción de los funcionarios de la Universidad de Sevilla a los puestos contemplados en la relación de puestos de trabajo publicado en el BOE núm. 300/88 y BOJA núm.104/88 se realizará aplicando alternativa y sucesivamente los procedimientos siguientes:

a) Adscripción directa.

b) Adscripción mediante concurso.

2.- Adscripción directa. Corresponderá la adscripción directa a aquellos funcionarios que a la entrada en vigor de la relación de puestos de trabajo, ocupen, en virtud de nombramiento, puestos de trabajo incluidos en la misma.

3.Adscripción por concurso. Todos aquellos puestos de trabajo no cubiertos mediante adscripción directa se cubrirán por concurso de méritos interno entre funcionarios, de acuerdo con las bases contenidas en el anexo a esta Resolución, todo ello en base al artículo 195 de los Estatutos de la Universidad de Sevilla.

4. Aquellos funcionarios cuyo sistema de adscripción haya sido el de adscripción directa y fueron designados, en su momento, para dicho puesto por libre designación, podrán ser removidos del mismo discrecionalmente.

5. La fecha de entrada en vigor de la relación de puestos de trabajo es la de 1 de enero de 1988.

Sevilla, 17 de enero de 1989.- El Rector, Javier Pérez Royo. (Vease ANEXO).

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