Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 31/3/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de marzo de 1989, del Consejo de Gobierno, por la que se a prueba la constitución, como entidad de ámbito territorial inferior al municipio, del núcleo de población denominado Fuente Carreteros, dependiente del núcleo de población denominado Fuente Carreteros, dependiente del municipio de Fuente Palmera (Córdoba), con la denominación de Aldea de Fuente Carreteros.

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Por la mayoría de los vecinos que integran la "Aldea de Fuente Carretero" , núcleo de población perteneciente al Municipio de Fuente Palmera, de la Provincia de Córdoba, se formuló en su día solicitud para su constitución en Entidad Local Menor.

Basan su petición en el hecho de que se trata de un núcleo distante de la capitalidad unos 8 kilómetros, que goza de una gran concreción y autonomía respecto de la misma, y que está experimentando últimamente un auge muy acusado, tanto en su vida económica como social, disfrutando de la suficiente potencialidad para constituirse en Entidad de ámbito territorial inferior al municipio, de acuerdo con los principios constitucionales de autonomía y descentralización que postulan el derecho de la comunidad local a participar a través de órganos propios en el gobierno y administración de cuantos asuntos le atañen. Se ha practicado información pública vecinal por plazo de 30 días, durante los cuales no se ha presentado ninguna reclamación, así como concedida la audiencia que prescribe el artículo 45.2 a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, al Ayuntamiento de Fuente Palmera, sin que éste se haya manifestado a favor o en contra de la pretendida constitución, como Entidad de ámbito territorial inferior al Municipio. De esta suerte, se entienden cumplimentados los trámites procedimentales establecidos en la Ley 7/85, de 2 de abril, Real Decreto Legislativo

781/86, de 18 de abril, y Real Decreto 1690/86, de 11 de julio, normativa que si bien en esencia se acomoda a la vigente en el momento de iniciarse las correspondientes actuaciones, ha procedido a sustituir la denominación de Entidad Local Menor, por la de Entidad de ámbito territorial inferior al municipio.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en relación con el artículo 1.1 del Real Decreto 698/79, sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Administración Local y los artículos 42.1 d) del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, y 42.d) del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de 11 de julio de 1986, confieren competencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía para la constitución de Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de marzo de 1989.

HA RESUELTO

1º. Aprobar la constitución del núcleo de Fuente Carreteros, perteneciente al Municipio de Fuente Palmera, de la Provincia de Córdoba, como Entidad de ámbito territorial inferior al municipio, con la denominación de Aldea de Fuente Carreteros.

2º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sevilla, 7 de marzo de 1989

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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