Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 3/4/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 21 de marzo de 1989, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Jaén, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER. 1988.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Jaén, de conformidad con el Decreto 217/1988, de 24 de mayo, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1988, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido en el art. 4º del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales y, entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Jaén.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones y acuerdos pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 217/1988, de 24 de mayo. En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art. 6º del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4, de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO

1º. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Jaén, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indica seguidamente:

Corporación Aportación Subv.Diput. Capital. Local INEM Materiales Subv. J.A. =========================================================================.

ARJONILLA 1.696.545 805.858 625.829. BEGIJAR 2.371.309 1.126.371 874.740. BENATAE 500.000 237.500 184.443. CARCHELES 500.000 237.500 184.443. CHILLUEVAR 4.600.000 2.185.000 1.696.870. FUERTE DEL REY 1.023.634 486.226 377.603. HINOJARES 600.000 285.000 221.331. LOPERA 3.763.074 1.787.460 1.388.141. MANCHA REAL 500.000 237.500 184.443. PORCUNA 2.000.000 828.400 643.335. PUERTA SEGURA, LA 1.048.129 497.861 386.639. SABIOTE 2.200.000 1.045.000 811.547. TORRES DE ALBANCHEZ 500.000 237.500 184.443. ----------------------------------------------------------------------. TOTAL 21.302.691 9.997.176 7.763.807. =======================================================================.

2º. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Jaén por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 10,50% más el 0,40% de comisión.

3º. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3º en relación con el 2º y siguientes del Decreto 217/1988, de 24 de mayo, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4º. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Jaén y al Banco de Crédito Local de España a los efectos consiguientes.

Sevilla, 21 de marzo de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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