Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 3/4/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 16 de febrero de 1989, por la que se otorga a la Cofradía de Pescadores de Estepona una subvención para la realización de muestras en los coladeros de Moluscos Bivalvos de las provincias marítimas de Málaga y Algeciras.

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El día 7 de febrero actual, por Resolución del Director General de Pesca se prohibía la captura y venta en lonja de moluscos bivalvos en la Bahía de Algeciras, prohibición que se hizo extensiva a las provincias marítimas de Algeciras y Málaga por Resolución del 10 de febrero.

Esta decisión se adoptó como consecuencia de los resultados de la analítica realizada por la Dirección General de Atención Primara y Promoción de la Salud, sobre determinadas muestras de moluscos bivalvos y por el Instituto Español de Oceanografía, detectándose la presencia de toxina p.s.p. tanto en las especies citadas como en el agua. A partir de esta prohibición, se hace necesario programar una campaña de seguimiento y control de la presencia de esta toxina con la finalidad de poseer la información puntual adecuada.

La Dirección General de Pesca no dispone en la actualidad de la infraestructura y el equipamiento adecuado para que tanto la Dirección General de Atención Primaria y Promoción de la Salud como el Instituto Español de Oceanografía puedan realizar las tomas de muestras precisas. A la vista de ello se considera que la solución más adecuada es otorgar una subvención a una Cofradía de Pescadores de litoral para que se encargue de facilitar los medios materiales y personales necesarios, estimándose que quien mejor puede cumplir con este fin es la Cofradía de Pescadores de Estepona por encontrarse ubicada entre Algeciras y Málaga, y disponer de puerto adecuado y de las embarcaciones apropiadas.

Por todo ello, he tenido a bien disponer:

Artículo 1º

Se concede a la Cofradía de Pescadores de Estepona una subvención de ochocientas mil pesetas (800.000 ptas.) que se considera específica en\u001D razón de su objeto dado que se destina a sufragar los gastos de los muestreos periódicos que realicen en las provincias marítimas de Málaga y Algeciras con la finalidad de desarrollar una campaña de seguimiento y control de la presencia p.s.p. en los moluscos bivalvos del litoral de ambas provincias.

Artículo 2º

La Cofradía de Pescadores deberá fletar o armar una embarcación apropiada para realizar los muestreos y que estará a disposición de la Dirección General de Pesca o de los funcionarios que ésta designe para el cumplimiento de su cometido.

Artículo 3º

El precio por salida a la mar para realizar muestreos será el que resulte de la oferta que la Cofradía de Pescadores haga a las embarcaciones de su demarcación que cumplan los requisitos, sin que en ningún caso pueda superar el precio máximo de 800.000 ptas., por 10 de salidas por mes, durante dos meses.

Artículo 4º

La Cofradía de Pescadores recibirá el 30% de la subvención total una vez publicada la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y efectuará los pagos al titular de la embarcación por salidas realizadas a la mar. El resto de la subvención se hará efectiva, por resolución del Director General de Pesca, previa presentación de facturas y certificación del Secretario de la Cofradía de Pescadores de Estepona de las salidas realizadas.

Artículo 5º

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de febrero de 1989

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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