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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 10 de febrero de 1989 por la Audiencia Territorial de Granada en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 992/86 promovido por la Empresa Bankinter , S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Rafael García Valdecasas Ruiz en nombre y representación de "Bankinter, S.A.", contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 9 de julio de
1986, por la que, confirmando otra anterior, se imponía a la recurrente la sanción de cien mil pesetas de multa por una infracción grave de carácter laboral apreciado en grado máximo; confirmando el mencionado acto por ser ajustado a Derecho sin hacer declaración sobres costas.
Sevilla, 17 de marzo de 1989.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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