Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 13/1/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 9 de diciembre de 1988, sobre la revisión del plan general de ordenación urbana de Cádiz.

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Examinado el expediente tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz para la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz, aprobado provisionalmente el día 7 de Julio de 1988, elevado a esta Consejería a los efectos de los dispuesto en los arts. 35.1.c, 40 y 49 de la Ley del Suelo.

Atendiendo a lo dispuesto en el Texto Refundido sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/76, de 9 de abril, los reglamentos que lo desarrollan y el Decreto 194/83, de 21 de septiembre, por el que se regula el ejercicio por los organos urbanisticos de la Junta de Andalucía de las competencias en materia de urbanismo. Vistos los informes de la Diputación Provincial de Cádiz, de la Comision de Urbanismo de Andalucía y de la Dirección General de urbanismo, y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas a tenor de lo dispuesto en la letra a) del art. 7 del Decreto 194/83, de 21 de septiembre, en relación al art. 35.1.c. de la Ley del Suelo.

HE RESUELTO:

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz, en Cortadura, correspondiente al cambio de calificación del suelo de las manzanas 2B y 3 de la Unidad de Actuacion nº 2 "Cortadura" que pasa de Sistema General de Equipamiento a Uso Residencial. No obstante y de acuerdo con lo previsto en el art. 49.2 de la Ley del Suelo y 161.2 del Reglamento del Planeamiento, se introducen las siguientes correcciones en la ordenacion: a. Se reducen a 3.300 m2 la ocupación de la edificacion. b. Se traslada, incorporando a la manzana residencial, la superficie de espacios libres paralela al ferrocarril, debiendo obtener una superficie minima de 2.600 m2.

Segundo. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Urbanisticas, en los art. 82 y 85 relativos a la vinculación a la calificación de vivienda de protección oficial (V.P.O.), adaptandose con ello la normativa del Plan General Municipal de Ordenación de Cádiz a la jurisprudencia que se ha manifestado contraria a tal calificacion (Sentencia de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla de 10 de diciembre de 1987).

Tercero. Suspender la Modificación Puntual de la Normas Urbanisticas en el art. 140 relativo a la Ordenanza del Sistema General de Equipamientos, por no estblecer la regulación detallada del uso y volumen que prescriben los arts. 12 de la Ley del Suelo y 29 del Reglamento de Planeamiento. El Ayuntamiento redactara una normativa para el Sistema General de Equipamientos en base a las tipologias de uso y zonas de la ciudad, fijandose, en cualquier caso, unas condiciones concretas de la edificabilidad, altura, ocupación y sistema de ordenación y tipologia de la edificacion.

La presente resolución se publicara en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el de la Provincia de Cádiz, a los efectos previstos en el art. 56 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, con notificación al Excmo . Ayuntamiento de Cádiz y a los interesados. Contra la presente resolucion, definitiva en vía administrativa, cabe recurso de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el contencioso-administrativo que debera interponerse ante la Sala correspondiente de la Excma. Audiencia Territorial de Sevilla.

Sevilla, 9 de diciembre de 1988

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes.

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