Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 28/4/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 11 de abril de 1989, por la que se presta conformidad a la cesión gratuita de una parcela de terreno, propiedad del Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), a la Dirección General de Patrimonio de la Junta de Andalucía.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109.2, 110.1 y 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.

El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Prestar conformidad a la cesión gratuita de una parcela de terreno, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 6 de febrero de 1989, y previa publicación en el BOP de Cádiz, número 11 de 14 de enero de 1989, cuya descripción es la siguiente:

Parcela de terreno de 7.780 m2 a segregar de la finca denominada "Paseo y Mercado de ganado en la Corredera", cuyos linderos son los siguientes: al Norte, con Egidos de la Fuente Chica y Grande y camino de Arcos a Jerez y, además, con la parcela segregada y expropiada por el Instituto Nacional de la Vivienda y con parcela segregada y cedida a la Comunidad Autónoma de Andalucía; por el Este, con la carretera de paterna, Molino de los herederos de D. Francisco Parra, finca del Servicio Nacional de Trigo, y además también con la aludida parcela segregada y expropiada por el Instituto Nacional de la Vivienda y con fincas segregadas por D. Cristóbal Delgado Moguel y D. Antonio Estudillo Fernández; por el Sur, con el exconvento de san Juan de Dios y cada de Dña. María del Carmen y Dña. Ana Rodríguez Linares y finca Villa Carmen y al Oeste con el camino que conduce a la Azocarrem, dehesa de la Esperilla y Cantarranas, y además, también, con la antes mencionada parcela segregada y expropiada por el repetido Instituto Nacional de la Vivienda.

Sevilla, 11 de abril de 1989

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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