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La Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en fecha 6.4.89, ordenó la iniciación del expediente de expropiación forzosa clave: JA-2-CA-126 "Acondicionamiento de la carretera CA-604, Chipiona-Rota y variante de Rota. Localidades: Chipiona y Rota".
Las obras del citado proyecto están incluidas en los Presupuestos de la Junta de Andalucía, entendiéndose por ello implícita la declaración de utilidad Pública, habiéndose, asimismo, declarado de urgencia la ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a efectos de la aplicación del procedimiento que regula el art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 y siguientes de su Reglamento, por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de fecha
11-4-89.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2. del art. 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se hace saber a los efectos de las fincas que al final se relacionan, que en los días y horas que asimismo se indican, deberán personarse en su respectivo Ayuntamiento, para que, sin perjuicio de trasladarse al terreno, intervenir en el levantamiento del acta previa a la ocupación de su finca, advirtiéndole que en dicho acto podrá hacer uso de los derechos que al efecto determina el mencionado art. 52 en su párrafo 3., como también, que deberá aportar a dicho acto los documentos acreditativos de sus derechos y el último recibo de la contribución.
Los interesados, así como las personas que, siendo titulares de algún derecho o intereses económicos directos sobre los bienes afectados, podrán formular por escrito ante esta Delegación Provincial, hasta el día señalado para el levantamiento de las actas previas, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores y omisiones que se hayan podido padecer.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Cádiz, 20 de abril de 1989.- El Delegado, Alfonso López Almagro.
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