Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Decreto 255/1987, de 28 de octubre, de atribución de competencias de personal de la Junta de Andalucía, establece en su Disposición Transitoria que las competencias que ostenten el Consejero de Salud así como el Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud respecto del personal sanitario que desempeñe puestos de trabajo de tal condición, serán objeto de regulación reglamentaria. Razones organizativas aconsejan una regulación de la materia en el ámbito estricto de la determinación de los órganos competentes respecto el régimen disciplinario del personal estatutario y sanitario dependiente del Servicio Andaluz de Salud. En su virtud, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sociales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de abril de 1989,
DISPONGO:
Artículo único. Corresponde al Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud en relación con el personal estatutario y sanitario destinado en su Organismo, el ejercicio de las potestades disciplinarias con arreglo a las disposiciones vigentes, excepto la separación del servicio.
DISPOSICION FINAL
Quedan derogadas cuantas normas se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de abril de 1989
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
Descargar PDF