Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 2/6/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 24 de mayo de 1989, por la que se convocan ayudas con destino a la financiación de proyectos de Investigación en materia de política territorial y urbana.

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El Decreto 279/86 que crea el Centro de Estudios Territoriales y Urbanos ha encomendado a este organismo las funciones de realizar y difundir estudios en materia de ordenación territorial, de mejora en el conocimiento e información de la realidad territorial de Andalucía y la programación, coordinación y difusión de la cartografía en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Para el cumplimiento de dichas funciones, el Centro de Estudios Territoriales y Urbanos viene dedicando anualmente dotaciones económicas con el fin de promover el desarrollo de las mismas mediante una mayor capacitación profesional y mayor vinculación mediante la ayuda a la investigación en las materias antes apuntadas.

Por ello, en virtud de los establecido en el art. 22 de la Ley 10/88 de

29 de Diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1988 (BOJA de 30 de Diciembre), a propuesta del mencionado Centro, por esta Consejería se ha dispuesto:

Primero. La concesión de ayudas con destino a la financión de proyectos de investigación en materia de política territorial y urbana se ajustará a las normas establecidas en la presente Orden.

Segundo. Se convocan, para adjudicación por el sistema de concurso, las siguientes ayudas:

GRUPO 1. Cinco ayudas dotadas con un millón de pesetas cada una, para los proyectos seleccionados entre los que libremente se propongan referidos total o parcialmente a Andalucía, y que supongan una contribución respecto al análisis de la formación de:

1 A. El Sistema Urbano.

Los proyectos orientados estarán tanto al análisis de la formación histórica de este sistema como al estudio de sus características, funcionalidad y problemática actual del mismo.

1 B. El Sistema Hidraúlico.

Los proyectos tratarán sobre los elementos y procesos que configuran este sistema en Andalucía, sus limitaciones y potencialidades. Asimismo, podrán considerarse aspectos relativos a la gestión y actuaciones de recuperación.

1 C. El Sistema Viario.

Esta ayuda se prevé para estudios que contribuyan al conocimiento de la formación histórica del sistema de comunicaciones en Andalucía (red de carreteras y ferrocaril), así como de las características y funcionalidad que actualmente presenta.

1 D. El Sistema de Transporte.

Los proyectos presentados a esta ayuda deberán suponer una aportación al conocimiento de la situación del transporte público de viajeros o de mercancias y de la problemática que presenta el mismo.

1 E. Los espacios públicos rurales o urbanos andaluces de interés general.

Se incluyen los proyectos orientados al análisis de las caractarísticas formales y funcionales de estos espacios, así como de sus posibilidades, principalmente en relación a sus funciones sociales. Asímismo, podrá analizarse el tratamiento dado a dichos ámbitos en el planeamiento urbanístico e instrumentos de ordenación en general, así como las efectivas intervenciones sobre los mismos, tanto en el caso de los espacios de nueva creación como de reforma de los existentes.

GRUPO 2. Cinco ayudas dotadas con 750.000. ptas. cada una, para investigaciones seleccionadas relativas a la descripción (a nivel de guía) de los fondos cartográficos antiguos conservados en los archivos y bibliotecas de Andalucía, preferentemente en las provincias de Almería, Córdoba, Granada, Jaén y Málaga.

GRUPO 3. Tres ayudas dotadas con un millón de pesetas para los proyectos seleccionados que desarrollen parcial, zonal o golbalmente alguno de los siguientes temas.

3 A. Métodos de representación del paisaje

El estudio abordará metodologías para el análisis y la representación gráfica yt cartográfica de los conocimientos científicos relativos al paisaje, centrándose preferentemente en ámbitos andaluces de definida caracterización paisajística (zonas de olivar, campiña, marisma, zonas áridas, etc.).

3 B. Población extranjera permanente en áreas turísticas.

El estudio abordará métodos de evaluación del grado de cobertura que sobre estas poblaciones presentan las fuentes estadísticas y procedimientos alternativos de cálculo, así como de la incidencia de estos efectivos en la dinámica demográfica de las áreas turísticas y sobre las políticas de asentamientos, vivienda, transportes y equipamiento social en las mismas.

3 C. Origen y presencia de toponimia andaluza en el continente americano.

Partiendo de fuente bibliográfica y cartográficas se confeccionará un inventario de topónimos andaluces trasmitidos a América as'i como un ánálisis de la procedencia y permanencia de los mismos. Deberá abordarse su representación gráfica.

Tercero. Los participantes deberán poseer nacionalidad española y haber finalizado sus estudios superiores en el curso académico 1981-82 o en los posteriores.

Cuarto. Los solicitantes, a título individual o constituidos en grupo investigador, deberán aportar la siguiente documentación.

a) Instancia, según modelo a Anexo I.

b) Título Superior o resguardo de haber hecho efectivo los derechos de expedición.

c) Curriculum académico-profesional del concursante o representante del grupo investigador, así como en este último caso de los colaboradores que participen en el proyecto.

d) Memoria del proyecto de investigación concretando objetivos, metodología y planteamiento operativo del proyecto, fases y calendario de realización.

e) Bibliografia y documentación de apoyo, así como otras experiencias identificadas inicialmente sobre el tema.

Quinto. No podrán participar en el concurso aquellos que estén incurso en alguna de incompatibilidad establecida en la Ley.

Sexto. Las solicitudes y documentación requeridas podrán ser entregadas en mano o por correo poostal certificado en un solo sobre cerrado con la indicación de "Ayudas a la Investigación" C.E.T.U. Grupo .... Consejería de Obras Públicas y Tansportes. Plaza de la Contratación, nº

3, 41071 Sevilla, hasta el día 18 de Julio de 1989.

Séptimo. El jurado de selección estará compuesto del siguiente modo: Presidente, El Director General del Centro de Estudios Territoriales y Urbanos; Vocales, El Secretario General Técnico de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, los Directores Generales de Universidades e Investigación, Urbanismo, Carreteras, Transportes, Obras Hidraúlicas y Arquitectura y Vivienda, y el Director del Plan Andaluz de Investigación; Secretario: un Jefe de Servicio designado por el Director General del C.E.T.U.

Octavo. El jurado de selección, a la vista de los proyectos podrá optar entre adjudicar todas las ayudas, declarar desierta alguna de ellas o incrementar el número de adjudicaciones de algunos grupos a costa de módulos que pudieran haber quedado disponible en otros. En todo las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría y tomarán como referencia para la selección los criterios establecidos en el anexo 2 de esta Orden. El Presidente tendrá voto de calidad y los resultados de las adjudicaciones serán firmes e inapelables.

Noveno. El fallo del Jurado de selección se hará público mediante insercción en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", y se notificará por correo certificado a los adjudicatorios.

Décimo. Los proyectos seleccionados deberán realizarse en el improrrogable plazo de una año, contados desde la notificación de la adjudicación de la respectiva ayuda.

Decimoprimero. El Centro de Estudios Territoriales y Urbanos designará un coordinador para cada uno de los proyectos seleccionados; los adjudicatarios de las ayudas quedarán obligados a mantener continuado contacto con su respectivo coordinador, seguir sus indicaciones, y presentarale los informes pertinentes en función de las fases de realización previstas en la Memoria del Proyecto.

El contenido de los proyectos seleccionados podrá ser objeto de las modificaciones que se consideren necesarias en orden a la adecuación a los cometidos y programas asigandos a esta Dirección General.

Decimosegundo. El abono del importe de las ayudas se efectuará del siguiente modo:

a) El 20% (veinte por ciento) en el plazo de los treinta días siguientes a la notificación de la adjudicación.

b) El 50% (cincuenta por ciento) se distribuirá en partes iguales entre cada una de las fases de realización del proyecto previstas, previa certificación de conformidad del coordinador del trabajo.

c) El 30% (treinta por ciento) restante a la entrega del proyecto y aceptación definitiva por el coordinador.

De estas cantidades se detraerán de oficio los cargos fiscales que correspondan.

Decimotercero. El adjudicatario deberá entregar original y dos copias debídamente encuadradas del trabajo realizado, acompañadas cada una de ellas de un resumen de extensión comprendida entre cinco y diez páginas, a doble espacio, en el que de forma clara y concisa se refleje el contenido y principales aportaciones del trabajo realizado.

Los trabajos se presentarán preferentemente en formato DIN A-4, y se mecanografiarán por una sola cara. La documentación gráfica contenida en el trabajo se presentará debídamente encarpetada y plegada, en caso de ser necesario.

Decimocuarto. El Centro de Estudios Territoriales y Urbanas, a propuesta del respectivo coordinador, podrá revocar la concesión de una ayuda si concurriera alguna de las siguientes causas:

a) Haber mediado falsedad u omisión de datos o información relevante en la documentación de la solicitud.

b) Que el adjudicatario no presente en tiempo y forma los informes solicitados por su respectivo coordinador, el trabajo o informe final.

c) Falta de calidad y contenido previstos en el proyecto inicial, según el informe del coordinador.

En tales casos, el C.E.T.U., apreciando las circuntancias concurrentes y las fases cumplidas del trabajo, podrá exigir al interesado la devolución total o parcial de las cantidades abonadas, que serán reintegradas por éste al Tesoro Público, o la suspensión de los pagos pendientes.

Decimoquinto. Se faculta al Director General del C.E.T.U. para que, en ejecución de la presente convocatoria, pueda adoptar las medidas necesarias para su desarrollo, las cuales no afectarán en ningún caso al régimen básico establecido en la presente Orden.

Decimosexto. Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que digo a VV.II., para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 24 de mayo de 1989

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General del C.E.T.U. y Delgados Provinciales de la Consejería.

(Vease ANEXO 1)

(Vease ANEXO 2)

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