Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 20/6/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 27 de abril de 1989, por la que se concede a varios centros de formación profesional denominación específica.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto por el Real Decreto de 25 de octubre de

1930, que regula las denominaciones de los establecimientos oficiales de enseñanza, el art. 8 de la O.M. de 4 de noviembre de 1975, que aprueba el Reglamento provisional de los Centros oficiales de Formación Profesional, los arts. 13 y 16 de la Ley Orgánica 5/1985 de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, así como el Real Decreto 3939/1982 de 29 de diciembre, sobre transferencia de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Educación, vistos los Acuerdos de los Consejos Escolares, y los informes preceptivos de las distintas Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia. Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto conceder a los Institutos de Formación Profesional que se relacionan las siguientes denomnaciones específicas:

Conceder a la Sección de Formación Profesional de La Carlota (Córdoba), con domicilio en Avda. de Carlos III s/n., la denominación específica de Sección de Formación Profesional Pablo de Olavide. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Castro del Río Córdoba), con domicilio en c/ Ancha, 14 la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Cristóbal M. Toledo. Conceder al Instituto de Formación Profesional nº 3 de Córdoba, con domicilio en c/ Poeta Marcial s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional San Alvaro. Conceder a la Sección de Formación Profesional de Santaella (Córdoba), con domicilio en c/ San Antonio Palma, 25, de la denominación específica de Sección de Formación Profesional Arcelacis. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Almuñecar (Granada), con domicilio en c/ Torres Quevedo, s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Al-Andalus. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Guadix (Granada), con domicilio en Carretera Nueva de Granada s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Acci. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Orgiva (Granada), con domicilio en c/ Lora Tamayo s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Profesor Francisco Soto Carmona. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Santa Fe (Granada), con domicilio en Barriada Sindical s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Hispanidad. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Ugijar (Granada), con domicilio en c/ Castillas s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Ulyssea.

Conceder al Instituto de Formación Profesional nº 3 de Huelva, con domicilio en Avda. de Andalucía s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional San Sebatián. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Punta Umbría, con domicilio en Avda. de Andalucía, s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Saltes. Conceder a la Sección de Formación Profesional de Campillo de Arenas (Jaén), con domicilio en Carretera de Jaén s/n., la denominación espcífica de Sección de Formación Profesional Santa Lucía. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Alora (Málaga), con domicilio en Carretera de Los LLanos s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Valle del Sol. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Estepona (Málaga), con domicilio en c/ Ramón Castillas s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Mar de Alborán. Conceder al Instituto de Formación Profesional nº 5 de Málaga, con domicilio en la Barriada de Ciudad Jardín s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Martín Aldhuela. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Alcalá de Guadaira nº

1 (Sevilla), con domicilio en Carretera de Mairena s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Al-Guadaira. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Cazalla de la Sierra (Sevilla), con domicilio en c/ Santa Clara nº 3, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional El Carmen. Conceder al Instituto de Formación Profesional de Estepa (Sevilla), con domicilio en c/ Era Verde nº 1, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Ostippo.

Conceder al Instituto de Formación Profesional de Lebrija (Sevilla), con domicilio en Avda. Dr. Viel, 3, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Axati.

Conceder al Instituto de Formación Profesional de Marchena (Sevilla), con domicilio en Parque Isidoro Arcengui s/n., la denominación específica de Instituto de Formación Profesional López de Arenas.

Conceder al Instituto de Formación Profesional de San José de la Rinconada (Sevilla), con domicilio en c/ Málaga s/n., La denominación específica de Instituto de Formación Profesional San José de la Rinconada.

Conceder al Instituto de Formación Profesional de Sevilla, con domicilio en Avda, de la Raza, la denominación específica de Instituto de Formación Profesional Punta del Verde.

Sevilla, 26 de abril de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF