Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 20/6/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 31 de mayo de 1989, por la que se clasifica, reconoce e inscribe como fundación docente privada a la denominada Fundación Requena.

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Visto el expediente de clasificación, reconocimiento e inscripción de la Fundación Docente Privada denomianda "Requena", iniciado a raíz de la solicitud presentada por D. Borja Mapelli Caffarena, en calidad de Secretario Administrador de la misma con fecha 12 de septiembre de 1988. Resultando: Que con fecha 22 de julio de 1988 comparece ante D. Victorio Magariñas Blanco, Notario de Sevilla, D. José Ortega Miró, en nombre y representación de la Agrupación Social Provincial de Vendedores de Prensa de Sevilla, Domiciliada en Sevilla, y cuyos Estatutos y Acta de Constitución fueron presentados con fecha 10 de octubre de 1977 en el Ministerio de Relaciones Sindicales, Oficina de Déposito de Estatutos, de Sevilla.

Resultando: Que la Agrupación Social Provincial de Vendedores de Prensa de Sevilla, desea crear una Fundación, con su aportación y que tendrá por objeto estimular mediante ayudas económicas o de otro tipo, las actividades sociales y culturales de los Vendedores de Prensa y su familia, así como el fomento de los medios de comunicación escritos. Resultando: Que en la Asamblea General Extraordinaria de la Agrupación Social Provincial de Vendedores de Prensa de Sevilla, celebrada el día 20 de septiembre de 1987, se aprobó la creación de una Fundación Cultural, encargándose a la Junta Directiva, su tramitación. Resultando: Que la Junta Directiva de la referida Agrupación, en reunión de fecha 18 de mayo de 1988, adoptó por unanimidad, la creación de la Fundación "Requena", con el subtítulo "Para el progreso de la profesión de Vendedores de Prensa".

Resultando: Que la dotación inicial está integrada por la cantidad de setecientas mil pesetas, que la Agrupación ha puesto a disposición de la Fundación mediante orden de ingreso en la cuenta que la Fundación tiene abierta en el Banco Hispano Americano, de Sevilla, sucursal Avenida de la Borbolla, 13 y 15.

Resultando: Que inicialmente el Consejo estará compuesto por las siguientes personas:

Presidente: D. José Ortega Miro.

Secretario-Administrador: D. Borja Mapelli Caffarena. Vocales: D. Antonio Franco Dorado, D. Angel Jiménez Piedra, D. José- Joaquín Vergara Martínez, D. Francisco del Fresno Buzón, D. Francisco de Paula Guijarro Hernandez, D. Enrique Díaz Rodríguez, D. Manuel Franco Hidalgo y D. Juan Delgado Martín.

Resultando: Que los Estudios confeccionados se adecuan a lo establecido por el Decreto 2930/72 de 21 de julio que contiene el régimen jurídico aplicable a las Fundaciones Culturales Privadas, y se encuentran escriturados y firmado por el representante de la Agrupación y expedida en cuatro folios de clase octava serie OJ. número 7576063, 7576064,

7576065 y 7576069.

Resultando: Que con fecha 21 de noviembre de 1988 por la Junta Directiva de dicha Agrupación se acordó modificar los acuerdos de la reunión del

18 de mayo de 1988 en relación con algunos puntos relativos a la Fundación "Requena", los cuales fueron elevados a escritura pública ante el Notario D. Victorio Magariñas Blanco, el 4 de mayo de 1989, relativo a la memoria de gastos del primer año, así como un error material incluido entre los acuerdos y referente a las cantidades asignadas a los gastos de administración y gestión.

Vistos: La Constitución Española de 1978, la Ley Orgánica 6/81 de 31 de diciembre, el Real Decreto 3936/82 de 29 de diciembre, el Decreto del Consejo de Gobierno de 9 de febrero de 1983, el Decreto 2930/72 de 21 de julio y demás disposiciones concordantes y de pertinente aplicación. Considerando: Que las competencias para el reconocimiento, clasificación e inscripción de las Fundaciones Docentes Privadas de ámbito andaluz corresponden a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, en virtud de lo dispuesto por el Decreto del Consejo de Gobierno de 9 de febrero de 1983.

Considerando: Que se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos imprescindibles por el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y que el contenido de su Carta Fundacional y Estatutos se ajustan a Derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de financiación de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los fundamentos de hecho y de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería, a propuesta de la Secretaría General Técnica y previo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Presidencia, resuelve:

Primero. Se reconoce el interés público de la Entidad, se clasifican sus actividades como de financiación y se inscribe como Fundación Docente Privada en el correspondiente registro a la denominación "Fundacional Requena".

Segundo. Se aprueban sus Estatutos y la memoria de actividades para el primer ejercicio económico.

Sevilla, 31 de mayo de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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