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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 22 de abril de 1988, por la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el Recurso Contencioso-Administrativo num. 329/82 promovido por la Empresa Industrias Pecuarias de los Pedroches, S.A., sobre suministro electrico cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLAMOS
Que estimado el recurso de apelación interpuesto por la Administracion, debemos declarar y declaramos la inadmisibilidad del Recurso contencioso- administrativo interpuesto por "Industrias Pecuarias de Los Pedroches, S.A .", contra la resolución de la Dirección General de Industria y Energia de la Consejería de Industria y Energia de la Junta de Andalucía de 26 de marzo de 1982 que acordo retrotraer las actuaciones del expediente administrativo al momento en que a instancia de parte se debio iniciar el procedimiento de declaración de utilidad pública, todo ello sin hacer especial condena en costas.
Sevilla, 10 de enero de 1989.- El Secretario General Tecnico, Julio Alba Riesco.
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