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La disposición transitoria tercera del R.D. 1524/1986 de 13 de junio que incorpora a la Universidad las enseñanzas de Graduado Social, establecía un plazo de 3 años, a partir de su entrada en vigor, para que aquellos Centros adscritos a las Escuelas Sociales (seminarios de estudios sociales) que lo deseen, puedan solicitar su tranformación, de conformidad con la normativa aplicable, en Escuelas Universitarias de Graduados Sociales, adscritas a la Universidad que corresponda; quedando extinguidos aquéllos que no se transformen, cumplido dicho plazo.
Dado que no se ha completado el proceso de intregación a que hace referencia la disposición transitoria primera del citado Real Decreto y con objeto de que los alumnos matriculados en estos Centros puedan seguir cursando estos estudios en las Universidades andaluzas; previo informe favorable del Consejo Andaluz de Universidades, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de julio de 1989.
D I S P O N G O:
Artículo único. Se prorroga el plazo establecido en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1524/1986 de 13 de junio, hasta el 30 de septiembre de 1990, para los Centros adscritos a la Escuela de Graduado Social de Granada (seminarios de estudios sociales).
Sevilla, 11 de julio de 1989.
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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