Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 21/7/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Trabajo

RESOLUCION de 7 de julio de 1989, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 463/86, interpuesto por Hotelera Onubense, S.A.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 1988, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 463/86 promovido por Hotelera Onubense, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

F A L L O:

Estimar el recurso interpuesto por el Procurador D. Antonio León Alonso en nombre de "Hotelera Onubense, S.A.", contra Resolución de la Consejería de Trabajo, Industria y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 29 de noviembre de 1985, desestimatoria de reposición contra otra de 25 de septiembre del mismo año, que le impuso la sanción de setecientas mil pesetas, de acuerdo con el Acta de Infracción nº T-1333/84, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Huelva, porque en visita de inspección girada al centro de trabajo el día 17 de octubre de 1984, se comprobó había extinguido la relación laboral a siete trabajadores a través del cauce legal del despido disciplinario, omitiendo la vía del expediente de regulación de empleo, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico. Sin costas.

Sevilla, 7 de julio de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.

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