Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 1/9/1989

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Servicios Sociales

ACUERDO de 1 de agosto de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Consejero de Salud y Servicios Sociales, para suscribir un Acuerdo-marco de colaboración con la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.

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La Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud fija como uno de sus objetivos fundamentales la mejor utilización de los recursos disponibles en esta materia, a fin de elevar el nivel de salud de la población andaluza. En igual sentido, en el campo de los Servicios Sociales de Andalucía se manifiesta la Ley 2/1988, de 4 de abril de Servicios Sociales.

Habiéndose suscrito por el Ministerio de Sanidad y Consumo, con fecha de

6 de octubre de 1988, un Acuerdo-Marco de colaboración con la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, procede llevar a cabo en el ámbito territorial de Andalucía similar Convenio. A tal fin, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 1 de agosto de

1989, a propuesta del Consejero de Salud y Servicios Sociales, adoptó el siguiente

ACUERDO

Autorizar al Consejero de Salud y Servicios Sociales a suscribir un Acuerdo-Marco, cuyo texto figura como Anexo al presente Acuerdo, entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.

Sevilla, 1 de agosto de 1989.

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

EDUARDO REJON GIEB

Consejero de Salud y Servicios Sociales

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