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En el recurso contencioso-administrativo nº 2484/87, seguido a instancia de D. José María García Parody y D. Manuel Velasco Collado, contra resolución de la Dirección General de Personal que desestima recurso de reposición interpuesto contra resolución de la misma Dirección General por la que se declaraba a los actores excluidos del derecho de acceder al concurso oposición para la provisión de vacantes en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la escala de Profesores de Prácticas y Actividades de Enseñanzas Intregadas de 18 de noviembre de 1986, se ha dictado sentencia con fecha 13 de marzo de 1989, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. José María García Parody y D. Manuel Velasco Collado, contra resolución de 8.6.87 de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por los hoy actores contra resolución de 18.11.86 de la misma Dirección General, que excluía a los mismos de tomar parte en el concurso-oposición convocado por Orden de meritada Consejería de 11.9.86 para la provisión de plazas en la escala de Profesores de Actividades y Enseñanzas Integradas, por estimarlas ajustadas a derecho".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 25 de septiembre de 1989.
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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