Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo nº 855/87, seguido a instancia de D. José Ortega Siller contra desestimación presunta del recurso de alzada formulado ante la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia, contra resolución de 31.7.86 de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia en Córdoba, se ha dictado sentencia con fecha 7 de marzo de 1989, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. José Ortega Siller, contra la resolución de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia en Córdoba que lo declaraba jubilado".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 25 de septiembre de 1989.
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Descargar PDF