Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 20/10/1989

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de octubre de 1989, por la que se convocan actividades de Educación Ambiental para el curso 89-90.

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Enmarcados dentro del respeto y cuidado que merece el medio ambiente, y como un refuerzo al trabajo realizado en los centros educativos, se están llevando a cabo desde hace varios años por esta Consejería diversos programas de Educación Ambiental desarrollados fuera del aula y en contacto directo con la naturaleza. La creciente demanda para participar en los referidos programas, así como los resultados educativos obtenidos, aconsejan aumentar la oferta de plazas y programas educativos en materia de Educación Ambiental. Por tanto,

D I S P O N G O :

Primero. Durante el presente curso se realizarán los siguiente programas de Educación Ambiental: La Escuela en Doñana, a desarrollar en turnos de tres días en el Parque Nacional Doñana (Huelva). Aula de Naturaleza El Cantalar a desarrollar en turnos de cinco días en el Parque Natural de Cazorla, Segura y las Villas (Jaén). Aula del Mar a desarrollar en turnos de cuatro días en Málaga. Granjas-Escuela, a desarrollar en turnos de cinco días en diferentes instalaciones de este tipo en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Segundo. Podrán solicitar su participación los centros financiados con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para alumnos de Quinto a Octavo de EGB en grupos de 20 acompañados de un profesor del centro solicitante. Los grupos deberán ser homogeneos en cuanto a su nivel educativo o edad.

Tercero. Las solicitudes se realizarán según el modelo del Anexo I de la presente Orden, y se acompañarán necesariamente del documento de aprobación para participar en la actividad solicitada por parte del Consejo Escolar del centro.

Cuarto. El plazo de entrega de las solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, o por cualquiera de las vías expuestas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y el artículo 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma. Las Delegaciones Provinciales tramitarán en los cinco días siguientes al cierre del plazo de solicitudes toda la documentación a la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa.

Quinto. Para la selección de los centros participantes se constituirá una Comisión Seleccionadora presidida por el Ilmo. Sr. Director General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa o persona en quien delegue, y compuesta por el Jefe del Servicio de Planes y Programas Especiales, el Jefe del Servicio de Educación Compensatoria, dos directores de centros no solicitantes y un funcionario de la Consejería de Educación y Ciencia, que actuará como Secretario.

Sexto. La Comisión Seleccionadora resolverá dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de la convocatoria los centros seleccionados de cada provincia.

Séptimo. Los centros participantes se comprometen a:

a) Fase de Preparación previa en el centro escolar en base al material didáctico remitido desde la Consejería de Educación y Ciencia.

b) Fase de Trabajo de Campo, durante período lectivo en base a la realización de los turnos anteriormente expuestos para cada programa educativo.

c) Fase de Evaluación posterior en el centro escolar con la redacción de una Memoria Evaluadora del desarrollo de la actividad, que remitirán a la Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa.

Octavo. Esta Consejería, a través de su Dirección General de Educación Compensatoria y Promoción Educativa facilitará a los centros participantes los medios de alojamiento, manutención y personal para el desarrollo de la actividad, junto con los materiales didácticos necesarios. El centro participante sufragará los gastos de transporte con cargo a los créditos de gastos de funcionamiento.

Sevilla, 3 de octubre de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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