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Dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2º y 5º 1 y 2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz. Vengo en declarar la vacante en el cargo del Defensor del Pueblo Andaluz por expiración del plazo del mandato del Ecmo. Sr. D. Manuel Conde-Pumpido Ferreiro.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.4 de la citada Ley, y en tanto el Parlamento de Andalucía no proceda a una nueva designación del Defensor del Pueblo Andaluz, desempeñarán sus funciones, interinamente, los Adjuntos en su propio orden.
Lo que se publica para general conocimiento.
Sevilla, 29 de noviembre de 1989.- El Presidente, José A. Marín Rite.
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