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Dada la necesidad de fomentar, desarrollar y homogeneizar los Servicios Contraincendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma Andaluza, garantizando de ese modo, la seguridad y protección de personas y bienes en situación de grave riesgo, catástofre o calamidad pública, y a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero del Art. 22 de la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para
1989.
A C U E R D O:
Artículo único. Por la que se amplía con una subvención de setenta y tres millones setecientas seis mil pesetas, la concedida por Orden de 30 de noviembre de 1988 al Excmo. Ayuntamiento de Almería para la construcción del Parque de Bomberos de dicha localidad, declarándose la misma específica por razón del Objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Sevilla, 29 de noviembre de 1989
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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