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En el recurso núm. 1495/88 interpuesto por D. Isabel Rosa Avila García, se ha dictado sentencia con fecha 18.4.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que estimando en todas sus partes el recurso contencioso-adminitrativo interpuesto por Dña. Isabel Rosa Avila García dejamos sin efecto el acuerdo de la Comisión Baremadora por el que se aprueban las listas definitivas de la convocatoria para la provisión de plazas de profesores sustitutos en el cuerpo de B.U.P. y F.P. para el curso 1987-1988 así como la resolución denogatoria del recurso de reposición en cuanto no reconoce el derecho de la actora, que proclamamos, a que se le contabilicen los años de paro desde el último trabajo y se le atribuye la puntuación de 7,48 puntos en la asignatura de Ciencias Naturales y 7,60 puntos en Prácticas Sanitarias".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Adminitrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 20 de noviembre de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Eduación y Ciencia
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