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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.2, 110.1 y 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de un solar, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Carmona (Sevilla), a la Comunidad Autónoma de Andalucía, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 1990, cuya descripción es la siguiente:
Solar dentro del Plan Parcial del Polígono León Ronda de San Francisco de Carmona, con superficie de cinco mil trescientos diez y siete metros con treinta y seis decímetros cuadrados, que linda: Norte y Oeste: con la calle Guadalete.
Sur: con las parcelas especiales de los Sres. Valverde González, Romero Silgado y Pérez Barrera
Este: con la zona verde a-20 y con la zona de aparcamientos.
La descrita finca figura inscrita con el número 29.618, al folio 21 del tomo 730 del Archivo, libro 622 de Carmona.
Sevilla, 5 de diciembre de 1990
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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