Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 15 de 16/2/1990

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO DOS DE SEVILLA

EDICTO (PP. 166/90).

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Don Pedro Márquez Romero, Magistrado-Juez de Primera Instancia número dos de Sevilla.

Hace público: Que por consecuencia de procedimiento artículo 155 de la Ley Hipotecaria, registrado bajo el número 549 de 1989-S a instancia de don José Lora Reales, representado por el Procurador don Joaquín Ladrón de Guevara e Izquierdo contra los cónyuges don Amador Muñoz Hernández y Doña Trinidad Pérez Azcona, sobre cobro de préstamo hipotecario, se saca a pública subasta en primera, segunda y tercera vez en su caso, la siguiente finca especialmente hipotecada:

VIVIENDA letra B, escalera seis en planta segunda alta, de un Bloque en esta ciudad, señalado con los números 70 y 72 de la calle Goles, con superficie de 73,18 m2 y se distribuye en vestíbulo de entrada, estar-comedor, tres dormitorios, distribuidor, cuarto de baño y cocina. Valorado en la escritura de constitución de hipoteca en ochocientas mil pesetas.

La primera subasta tendrá lugar en la Sala Audiencia de este Juzgado el día vientiuno de marzo próximo a las once horas. La segunda subasta, caso de quedar desierta la anterior y con la rebaja del veinticinco por ciento del avaluo, tendrá lugar el día diecisiete de abril siguiente a las once horas; y la tercera subasta, sin sujeción a tipo, tendrá lugar el día dieciséis de mayo a igual hora, de las once, haciéndose constar:

Que para tomar parte en las subastas deberán los licitadores consignar previamente en la mesa del Juzgado, o Establecimiento destinado al efecto, el veinte por ciento del tipo tanto en la primera como en la segunda subasta, y caso de celebrarse la tercera, el depósito consistirá en el veinte por ciento del tipo fijado para la segunda; que los autos y certificación del Registro están de manifiesto en Secretaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación; que sirve de tipo para la subasta el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, no admitiéndose postura alguna que sea inferior a dicho tipo en la primera y del setenta y cinco por ciento del avaluo en la segunda; y que caso de hacerse postura en la tercera subasta, inferior al tipo de la segunda, se dará cumplimiento a lo prevenido en la regla duodécima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria; y que en todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, depositando en la Mesa del Juzgado, junto a aquél, el importe de la consignación o acompañando el resguardo de haberla efectuado en el Establecimiento destinado al efecto, pudiendo asimismo hacerse posturas a calidad de ceder el remate a un tercero.

Dado en Sevilla a cinco de febrero de mil novecientos noventa.- El Secretario.

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