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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía en sesión celebrada el 12 de febrero de 1990 y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O:
Aprobar las tarifas para la Unión Local de Autónomos del Taxi de Camas (Sevilla) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Unión Local de Autónomos del Taxi de Camas (Sevilla).
Para la aplicación de estas tarifas se tendrá necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de febrero de 1990
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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