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El artículo 11.3 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, prevé la sustitución de los miembros de la Junta Electoral de Andalucía, entre otros supuestos, en caso de renuncia justificada y aceptada por el Presidente de la misma.
Habiendo presentado la renuncia a su condición de miembro de dicha Junta, D. José Cabrera Bazán, al haber sido nombrado Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía y habiendo sido admitida la renuncia por el Presidente de la Junta Electoral, conforme a lo dispuesto en el artículo
11.3 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de febrero de
1990,
D I S P O N G O:
Vengo en cesar como miembro de la Junta Electoral de Andalucía a D. José Cabrera Bazán.
Sevilla, 6 de febrero de 1990
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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