Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 10/4/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 21 de marzo de 1990, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan nueve becas destinadas a la realización de trabajos de investigación sobre temas relacionados con la mujer en Andalucía.

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La Ley 10/1988, de 29 de diciembre crea el Instituto Andaluz de la Mujer. El Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba su reglamento establece en el art. 4 la obligación de dicho organismo de llevar a cabo estudios sobre la situación de la mujer andaluza en distintos aspectos en orden al cumplimiento de sus fines.

Por ello se hace necesario regular la concesión de estas becas dirigidas a la realización de los objetivos citados de acuerdo con los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad en la concesión. En virtud de lo expuesto y dentro de los límites presupuestarios del Instituto, se procede a la siguiente convocatoria:

Objeto: El Instituto Andaluz de la Mujer convoca nueve becas destinadas a la realización de trabajo de investigación sobre temas relacionados con la mujer en Andalucía.

Cuantía: La dotación económica de cada una de las ayudas será de

750.000 pesetas, las cuales se harán efectivas con cargo al presupuesto del Instituto Andaluz de la Mujer para 1990. Contenido de los proyectos: Los proyectos de investigación que se presenten a esta convocatoria deberán referirse prioritariamente a:

Estudios sobre la legislación protectora de la mujer trabajadora y su adecuación al principio de igualdad.

Estudios críticos sobre los criterios de clasificación de puestos de trabajo y su posible efecto discrinatorio. Elaboración de material teórico sobre fundamentos, bases y concepciones de la escuela coeducativa como alternativa a la escuela mixta. Investigaciones relativas a la influencia de la educación en el cambio de actitudes (transmisión de roles, estereotipos, educación de adultos, otros).

Investigaciones sobre embarazos juveniles y/o factores relacionados con la salud sexual en las/los jóvenes y/o programa de carácter preventivo. Estudios de Investigación sobre la salud laboral en las mujeres. Estudios sobre la femenización y segregación por sexto de las profesiones y categoría profesionales.

Estudios sobre la participación activa de la mujer en el desarrollo comunitario.

Estudios sobre violencia contra la mujer.

Requisitos: Se requiere titulación superior universitaria. No podrán ser objeto de las mismas los proyectos que hayan obtenido ayudas o subvenciones de cualquier organismo.

Documentación: Las/los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

a) Instancia dirigida a la Ilma. Directora del Instituto Andaluz de la Mujer.

b) Título académico.

c) Curriculum Vitae acreditando documentalmente los méritos alegados.

d) Certificación académica personal.

e) Memoria del proyecto de investigación en la que se detallen los objetivos, metodología, calendario de realización y justificación presupuestaria.

f) Declaración de no haber contado con fondos públicos para los proyectos presentados.

g) Declaración de no incurrir en caso de incompatibilidad prevista en la vigente legislación.

h) Cuando se trate de un equipo de trabajo, además de la documentación genérica se exigirá a cada miembro del grupo la documentación de los apartados b,c,d.

Sólo serán válidos los documentos originales o fotocopias debidamente compulsados.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el BOJA. El Instituto Andaluz de la Mujer podrá solicitar en el momento en que lo estime conveniente información sobre el desarrollo y resultados parciales de cada proyecto.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Instituto Andaluz de la Mujer o a través de cualquiera de las vías previstas en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Si las solicitudes adolecieran de algún defecto forma se estará a lo dispuesto en el art.

71 del mismo texto legal.

Comisión de selección y valoración: Las candidaturas serán sometidas a un proceso de selección por una comisión de selección y valoración constituida al efecto y nombrada por la Ilma. Sra. Directora del I.A.M. Adjudicación: Por la comisión de selección se formulará ante la Directora del Instituto propuesta de adjudicación de las becas convocadas , quien resolverá la misma publicándose la resolución dictada en el BOJA y siendo ésta notificada a las/los beneficiarias/os. Plazo de entrega de los trabajos: El plazo máximo de la presentación de los trabajos será de seis meses, contados desde la notificación de la resolución de la adjudicación, así como memoria justificativa de la aplicación dada a los fondos públicos recibidos.

Propiedad de los trabajos: Los trabajos seleccionados serán propiedad del Instituto Andaluz de la Mujer, reservándose éste la facultad de publicarlos. En caso de que no se hiciera uso de esta facultad y éste se publicara por su autor/a deberá mencionarse de forma expresa que la elaboración del trabajo ha sido financiado con fondos del I.A.M. Los proyectos de investigación no seleccionados podrán ser retirados en un plazo no superior a tres meses, contados a partir de aquél en que se haya emitido el fallo.

Sevilla, 21 de marzo de 1990.- La Directora, Carmen Olmedo Checa

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