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Vista la propuesta de revisión de tarifas formuladas por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO:
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
OTROS
AYUNTAMIENTO DE ALMEDINILLA (CORDOBA)
TARIFAS AUTORIZADAS
CONCEPTO IVA INCLUIDO
1. VIVIENDAS:
Por cada m3 consumido 31,80 ptas/m3
Mínimo al mes 10 m3 318,00 ptas/mes.
Exceso del mínimo por m3 37,10 ptas/m3
2. LOCALES COMERCIALES E INDUSTRIALES:
Por cada m3 consumido 31,80 ptas/m3
Mínimo al mes 10 m3 318,00 ptas/mes.
Exceso del mínimo por m3 42,40 ptas/m3
3. Suministro de agua sin contador o contador averiado, se incrementan las tarifas en el 100 x 100. (Las de consumo mínimo). Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de abril de 1990
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación
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