Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 18/5/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 9 de mayo de 1990, por la que se fijan los precios públicos por la Expedición de Reproducciones de los bienes resultantes de la producción Cartográfica Autonómica.

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Ilmos. Sres.:

En virtud de lo previsto por el artículo 145.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos, el Consejero de Gobierno adoptó, en su sesión de 25 de junio de 1989, un acuerdo por el que se autorizó a la Consejería de Obras Públicas y Transportes a percibir precios públicos por la expedición de reproducciones de los bienes resultantes de la Producción Cartográfica Autonómica.

La fijación de la cuantía de los precios públicos se efectuará por Orden de la Consejería de la que dependa el órgano perceptor, previo informe de la consejería de Hacienda, conforme determina el artículo 145 .2 de la citada Ley.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la normativa citada, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Planificación, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Los precios públicos que regirán para la expedición de reproducciones de los bienes resultantes de la producción cartográfica autónomica, de la consejería de obras Públicas y Transportes para 1990, serán los que se contienen en el Anexo que se acompaña a esta Orden.

Segundo: Dichos precios serán susceptibles de revisión para años posteriores en función de los cambios que experimente el I.P.C.

Tercero:Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones que estimen necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II., para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 9 de mayo de 1990

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General del Centro de Estudios Territoriales y Urbanos.

ANEXO

PRECIOS

1. EN TAMA

O DIN-A1 CON I.V.A.

Copia papel ............................................... 200 Ptas. Copia en vegetal 0,01 mm .................................. 500 Ptas. Copia en poliéster 0,075 ................................. 1.000 Ptas.

2. En tamaños mayores se aplicará un incremento proporcional de un 50%.

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