Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 18/5/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 27 de marzo de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las bases para la ordenación del territorio de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 13.8 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de política territorial y orenación del territorio.

Por su parte, la Carta Europea de Ordenación del Territorio, asumida por la Comunidad Autónoma, señala el nivel regional como el marco más apropiado para la puesta en práctica de la política de ordenación del territorio, definiendo la misma como la expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda la sociedad. En este marco, y con las competencias que le son propias, la Comunidad Autónoma ha desarrollado una intensa labor de planificación territorial y sectorial,como muestra la realización en los últimos años,entre otros , del Plan General de Carreteras, el Plan Estratégico Ferroviario, el Plan Forestal, los Planes Especiales de Protección del Medio Físico, la Ley de Inventario de Espacios Naturales protegidos, el Plan Económico para Andalucía 84-86, el Programa Andaluz de Desarrollo Económico 1987-

90, Plan Director Territorial de Coordinación de Doñana y su Entorno, Plan General de Bienes Culturales o el Plan Andaluz de Servicios Sociales. La entrada de España como miembro de pleno derecho en la Comunidad Económica Europea ha tenido también especial trascendencia en el proceso de planificación de la Comunidad Autónoma. Asi, la intervención financiera mediante fondos con finalidad estructural está condicionada a la presentación de Planes de Desarrollo Regional, que constituyen la base de los Marcos Comunitarios de Apoyo para las intervenciones estructurales de la Comunidad, en los que uno de los ejes prioritarios está referido a la integración y articulación regional.

En este contexto y tras un detenido y elaborado análisis que abarca la distribución espacial, funciones y dotaciones de los asentamientos de población, las infraestructuras existentes, la organización de los medios de comunicación y transporte, la distribución y organización de las actividades productivas en el territorio y la utilización y regeneración de los recursos naturales, se ha considerado oportuno coordinar y sintetizar la experiencia acumulada, comtemplando algunos aspectos hasta ahora no profundizados o simplemente no formalizados, en un documento coherente e integrador de ordenación territorial a escala regional.

Las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía se presentan pues, como un instrumento político en el que se definen los objetivos, las estrategias y las principales actuaciones necesarias para la consecución de un modelo territorial que propicie un desarrollo económico equilibrado y autosostenido a medio y largo plazo. Las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía se presentan pues como un instrumento político en el que se definen los objetivos, las estrategias y las principales actuaciones necesarias para la consecución de un modelo territorial que propicie un desarrollo económico equilibrado y autosostenido a medio y largo plazo.

Las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía definen el modelo territorial para la región en quince Bases que se exponen ordenada en tres grandes apartados o Sistemas comprensivos de las complejas relaciones e interacciones que guardan los hechos materializados en el territorio.

Sistema urbano-relacional: Que agrupa las propuestas relativas al conjunto de los asentamientos de población, sus funciones y dotaciones urbanas, y las conexiones viarias y de comunicación que se establecen entre ellos y hacia el exterior de la Comunidad.

Sistema productivo. Orientado a establecer el papel de la componente territorial en las oportunidades y problemas del desarrollo económico y social.

Sistema físico-ambiental. Que toma en consideración el territorio en sí mismo, en su conformación natural, en cuanto supone a una determinada distribución espacial o localización de los recursos naturales, y unas circunstancias que condicionan su utilización.

Asumidas por la Administración Andaluza como documento de directrices y de criterios generales para la ordenacion del territorio a escala regional las Bases para la Ordenación del Territorio permitirán aumentar la coherencia de las diversas actuaciones departamentales, al tiempo que avanzar el proceso de planificación territorial relativo a toda la Comunidad Autónoma. A tales efectos, dicho Documento ha sido sometido a estudio por parte de la Comisión de Urbanismo de Andalucía y aprobación por la Comisión Delegada de Planificación y Asuntos Económicos. En su virtud, y a propuesta de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 27 de marzo de 1990

ACUERDA:

1. Aprobar las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía como documento directivo de la Política de Ordenación del Territorio en la Comunidad Autónoma.

Sevilla, 27 de marzo de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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