Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 18/5/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 4 de mayo de 1990, por la que se distribuye entre las Diputaciones Provinciales Andaluzas, la cantidad de 2.000 millones de pesetas en concepto de aportación de la Junta de Andalucía a los Planes Provinciales de Obras y Servicios, con destino a los servicios establecidos en el artículo 8 de la Ley 11/87, de 26 de diciembre y la cantidad de 2.000 millones de pesetas en concepto de aportación a los Planes Provinciales de Obras y Servicios, Obras de Saneamiento.

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El artículo 4º del Decreto 47/1989, de 14 de marzo, de Coordinación de los Planes Provinciales de las Obras y Servicios, establece que la Junta de Andalucía participará en la financiación de los Planes Provinciales mediante las aportaciones que se consignen a tal fin con cargo a su propio presupuesto.

El artículo 8º de la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, Reguladora de las Relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Diputaciones Provinciales mediante aportaciones a los Planes Provinciales de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal. La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990, establece la participación de la Junta de Andalucía en la financiación de los Planes Provinciales de Obras y Servicios, Obras de Saneamiento, en

2.000 millones de pesetas.

Igualmente, para los servicios establecidos en el atículo 8º de la Ley 11 /87, la financiación prevista en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1990 es de 2.000 millones. En virtud de lo expuesto, esta Consejería, teniendo en cuenta las facultades otorgadas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por la Ley 9/1987, de 29 de diciembre por la Ley 2/1990 de 2 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990, así como por el Decreto 47/1989, de 14 de marzo, de Coordinación de los Planes Provinciales de Obras y Servicios y el Decreto 117/89, de 31 de mayo que regula las subvenciones que otorga esta Consejería a las Corporaciones Locales, y de acuerdo con el Consejo Andaluz de Provincias, se ha servido disponer:

Artículo 1º

En el marco de lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 11/1987, de 26 de diciembre, y de conformidad con la ley 2/1990, de 3 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990, se fija

2.000 millones de pesetas la participación de la Junta de Andalucía para la financiación de los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 1990 que se distribuirá entre las Diputaciones Provinciales, según las cantidades que a continuación se detallan:

Almería 239.214.000 Ptas.

Cádiz 175.811.000 Ptas.

Córdoba 248.055.000 Ptas.

Granada 311.943.000 Ptas.

Huelva 250.176.000 Ptas.

Jaén 288.754.000 Ptas.

Málaga 229.663.000 Ptas.

Sevilla 256.384.000 Ptas.

Artículo 2º.

La participación de la Junta de Andalucía en la financiación de los Planes Provinciales de Obras y Servicios para 1990 destinada a obras de saneamientos queda establecida, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1990, en 2.000 millones de pesetas, que será distribuida entre las Diputaciones Provinciales con arreglo a las cantidades que a continuación se detallan.

Almería 239.214.000 Ptas.

Cádiz 175.811.000 Ptas.

Córdoba 248.055.000 Ptas.

Granada 311.943.000 Ptas.

Huelva 250.176.000 Ptas.

Jaén 288.754.000 Ptas.

Málaga 229.663.000 Ptas.

Sevilla 256.384.000 Ptas.

Artículo 3º.

Las subvenciones concedidas conforme a lo dispuesto en la presente Orden serán fiscalizadas a posteriori; por los órganos Interventores competentes y justificadas ante la Consejería en la forma prevista en el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto

149/1988, de 5 de abril.

Sevilla, 7 de mayo de 1990

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación

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