Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ilmo. Sr.:
Examinado el expediente promovido por el titular del Centro privado de Bachillerato "Santo Domingo" de Granada, en solicitud de autorización para impartir las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria;
Resultando que el citado Centro ha sido clasificado en la categoría académica de Homologado para impartir las enseñanzas de Bachillerato Unificado y Polivalentes;
Resultando que los espacios que se destinan a COU estaban anteriormente vinculados a Bachillerato por la Orden que clsificó el Centro como Homologado;
Vistas la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación de 3 de julio de 1985 (BOE del 4); la Orden ministerial de 17 de julio de 1980 (BOE del 24) y demás legislación complementaria aplicable; Considerando que de los informes de la Delegación Provincial e Inspección de Educación, se deduce que el Centro reúne todos los requisitos necesarios para poder impartir el Curso de Orientación Universitaria.
Esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto autorizar la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria al Centro privado de Bachillerato que se indica: Provincia: Granada
Municipio: Granada
Localidad: Granada
Denominación: "Santo Domingo"
Domicilio: C/ Vistillas, 1
Titular: Congregación de Santo Domingo
Clasificación definitiva: Centro homologado de Bachillerato clasificado por Orden de 26 de septiembre de 1978, con 8 unidades y 320 puestos escolares.
Esta autorización para impartir el COU sirve para cualquier número de unidades, siempre que las mismas estén incluidas en la capacidad total de Centro de Bachillerato señalada por la Orden de su clasificación y el Centro imparta efectivamente Bachillerato como homologado. Las ampliaciones que sobrepasen dicha capacidad legal habrán de ser autorizadas mediante nueva Orden de clasificación de Bachillerato. La pérdida de la clasificación como Centro homologado conlleva la extinción de la autorización para COU.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 16 de mayo de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Planificación y Centros.
Descargar PDF