Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 29/6/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

DECRETO 201/1990, de 26 de junio, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía aprobadas por los Decretos 267/1989, de 27 de diciembre, 13/1990, de 30 de enero y 73/ 1990, de 27 de febrero, por los que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía.

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Mediante los Decretos 267/1989, de 27 de diciembre, 13/90, de 30 de enero y 73/1990, de 27 de febrero, se aprobaron sucesivas modificaciones parciales de la Relación de Puestos de Trabajo, que suponían la actualización de las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a diversas Consejerías y Organismos Autónomos. Se ha estimado necesario efectuar los oportunos reajustes adicionales de acuerdo con las necesidades de la organización y de los servicios, para el mejor funcionamiento de los mismos, y en concreto la inclusión en la Consejería de la Presidencia del Centro de Información y Documentación. Asimismo, advertidos errores de diversa índole en los mencionados decretos, se hacen públicas mediante éste, las oportunas correcciones. En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto

390/1986, a propuesta de la Consejería de Gobernación, previa negociación en la Mesa Sectorial de Administración General, con informe de la Consejería de Hacienda y Planificación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de junio de 1990.

DISPONGO:

Artículo único. Se modifican las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía aprobadas por los Decretos 267/1989, de 27 de diciembre, 13/1990 de 30 de enero y 73/1990, de 27 de febrero, de modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajos de la Junta de Andalucía, que se publican como Anexos del presente Decreto, siéndoles de aplicación, a todos los efectos, lo dispuesto en aquéllos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Por la Consejería de Hacienda y Planificación se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para la dotación de los puestos creados por el presente Decreto.

Segunda. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo previsto en el presente Decreto que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de junio de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación, en funciones

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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