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En virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 1º del Decreto del Presidente 50/1988, de 29 de febrero, sobre reestructuración de las Consejerías, ante la ausencia del Presidente de la Junta de Andalucía durante los días 7 al 14 de julio, ambos inclusive.
DISPONGO:
Artículo único. El Consejero de Gobernación, don Manuel Gracia Navarro, desempeñará las funciones de Presidente de la Junta de Andalucía con las excepciones contenidas en el artículo 18 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración, durante los días 7 al 14 de julio, ambos inclusive, por ausencia del Presidente.
Sevilla, 3 de julio de 1990
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones
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