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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/88, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 27 de marzo de 1990,
DISPONGO:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Autorizar las tarifas de Taxis de Córdoba, que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Para la aplicación de estas tarifas, se tendrá necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de junio de 1990.
ANGEL OJEDA AVILES
Consejero de Hacienda y Planificación, en funciones
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