Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 18 de octubre de
1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3388
87 promovido por Banesto,
S.A. sobre M.C.T. cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que con desestimación del recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador D. Luis Escribano de la Puerta, en representación del Banco Español de Crédito, S.A. debemos confirmar y confirmamos las resoluciones de 6 de julio de 1987 del Delegado Provincial de Trabajo de Sevilla, y la de 3 de septiembre de 1987 del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, dictados en el expediente 27/87, sobre modificación de las condiciones de Trabajo. No hay razones para hacer expresa condena en costas.
Sevilla, 2 de julio de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
Descargar PDF