Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 28/7/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 3 de julio de 1990, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa para el Ayuntamiento de Almería, de los terrenos afectados por las obras de construcción de un Centro de Servicios Sociales y una Plaza Pública.

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La carencia de equipamiento social y de instalaciones asistenciales adecuadas en el barrio de Pescadería del municipio de Almería, con un fuerte crecimiento demográfico y al mismo tiempo una amplia población de la 3. edad, de la que se encuentra solamente atendida en la actualidad el 20% de la misma, y la necesidad apremiante en dotarse de aquéllas, motivó que por el Ayuntamiento de Almería, en sesión celebrada el día 9 de diciembre de 1987, se acordase iniciar el expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para llevar a cabo la construcción de un Centro de Servicios Sociales y, así como de los previstos para la ubicación de una plaza pública, obra consustancial a la primera, ya que es imprescindible que el acceso a este Centro sea a través del espacio libre público que a tal efecto constituye la citada plaza al formar una unidad física y funcional con el mismo, según se desprende de las previsiones del Plan General de Ordenación Urbana de esa localidad.

Posteriormente se interesa de la Junta de Andalucía se declare la urgente ocupación de los terrenos, una vez entendida la utilidad pública de las obras, al amparo de lo establecido en el artículo 64 de la Ley del Suelo, al figurar en el citado Plan con la calificación urbanística de Plaza Pública y equipamiento social.

Dado que las circunstancias relacionadas justifican debidamente el empleo de este procedimiento por parte de la Corporación interesada, procede acceder a la solicitud formulada por la misma, una vez que se ha identificado plenamente el bien que ha de ser objeto de ocupación, y practicado la correspondiente información publica mediante su inserción en el Boletín Oficial de la Provincial de Almería nº 78, de fecha 6 de abril de 1988, habiéndose presentado alegaciones por D. José María Calvo Malexecheverría y D. Juan José Pérez Guinaldo referentes tan solo a la identificación exacta de las fincas a expropiar y rectificación de errores materiales, procede declarar la urgente ocupación pretendida, al entenderse cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 52 de la propia Ley.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuye esta competencia a la Junta de Andalucía, correspondiendo su ejercicio al Consejo de Gobierno, a tenor de lo establecido en la Disposición Final Segunda de la Ley

6/1983, de 21 de julio del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de julio de 1990

ACUERDA

Se declara la urgente ocupación a lo efectos de expropiación forzosa por el Excmo. Ayuntamiento de Almería, de los terrenos sitos en Parque Nicolás Salmerón y calle Chafarinas, con calificación urbanística de Plaza Pública y Equipamiento Social con superficies aproximadas de 370 m2 y 660 m2, propiedad respectivamente de D. José M. Calvo Malexechevarría, D. Juan José Pérez Guinaldo y D. Domingo Alameda Palacios, y de los dos primeros titulares anteriormente reseñados el segundo de los terrenos citados, con destino a la construcción de una Plaza Pública y un Centro de Servicios Sociales.

Sevilla, 3 de julio de 1990

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Gobernación, en funciones

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