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El apartado 3. del art. 10 de la Ley 9/1984, de 3 de julio del Parlamento Andaluz por la que se creó el Instituto Andaluz de Salud Mental, dispone la Presidencia del Consejo General, máximo órgano decisorio del mismo, corresponderá al Consejero de Salud o persona a quien delegue. Habiéndose reestructurado las Consejerías de la Junta de Andalucía y designado los nuevos Consejeros por sendos Decretos del Presidente 223 y
224/1990, de 27 de julio, (BOJA de 28.7.90) y en base a la habilitación anterior, procede delegar tales funciones, por lo que en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo único. Delegar la presidencia del IASAM, designando como Presidente del Consejo General del Instituto Andaluz de Salud Mental, en D. Ladislao Lara Palma.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de agosto de 1990
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Salud
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