Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 19/10/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 28 de septiembre de 1990, por la que se autoriza el cambio de destino de la subvención concedida al Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas (Cádiz).

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Ilmos. Sres.:

Con fecha 30 de noviembre de 1987, recibida la solicitud de la Corporación Municipal, por esta Consejería se autirizó la concesión de una subvención al Ayuntamiento de Setenilo de las Bodegas ( Cádiz), por una cuantía de 36.308.644 pesetas para la realización de las obras del Colector General sobre el río Guadalporcún en esta localidad.

Con posterioridad se recibe escrito del referido Ayuntamiento por el que se solicita, habida cuenta de que la ejecución de las obras objeto de la subvención son incluidas en el "Proyecto de encauzamiento del río Trejo para defensa de inundaciones en Setenil de las Bodegas", financiado por la Junta de Andalucía, el cambio de destino de la subvención concedida, proponiendo su aplicación a las obras de Encauzamiento del arroyo del Burgo en la misma localidad. Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Obras Hidraúlicas, previo informe de los Servicios correspondientes, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Se autoriza el cambio de destino de la subvención concedida al Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas por una cuantía de 36.308.644 pesetas para la realización de las obras del Colector general sobre el río Guadalporcún. Esta subvención, cuya cuantía permanece invariable, se aplicará a la ejecución de las obras del "Encauzamiento del arroyo del Burgo en Setenil de las Bodegas".

Segundo: La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento sin previa justificación, por importe del 20 por ciento de al cuantía expresada en el punto primero. Los libramientos sucesivos, hasta un 90 por ciento de la cuantía reseñada, se harán efectivos previa presentación en la Delegación Provincial correspondiente de esta Consejería de las certificaciones de obra ejecutada, expedidas por el Director de las Obras y aprobadas por la Corporación Municipal, abonándose el 10 por ciento restante una vez haya sido certificada la ejecución de la totalidad de la obra.

Tercero: En todo lo no regulado en la presente Orden, que entrará en vigor al día sigiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se estará a lo dispuesto en la de 30 de noviembre de 1987 que autorizaba la concesión de la subvención. Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento, notificación al Ayuntamiento de Setenil de las Bodegas y demás efectos.

Sevilla, 28 de septiembre de 1990

JUAN JOSE LOPEZ MARTINEZ

Consejero de Obras Públicas y transportes

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