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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo
5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el Proyecto de Ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.A. Domicilio: Granada - San Isidro n. 4-1.
LINEA ELECTRICA
Origen: C.T. Carretera.
Final: C.T. (entrada y salida) y línea de A.T. existente. Términos municipales afectados: Albuñol.
Tipo: subterránea.
Longitud en Kms.: 1,555.
Tensión de servicio: 20 KV.
Conductores: Al. de 1x150 mm2. aislamiento 12/20 KV. Potencia a transportar: 500 KVA.
Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 12.981.500 pesetas.
Finalidad: Mejorar la calidad del servicio y atender nuevas peticiones (Planer 87).
Referencia: 4375/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial.
El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en conccreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 11 de octubre de 1990.- El Delegado, P.A. La Secretaria General, Matilde Sánchez Robles.
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