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A la vista del cumplimiento por parte de la dirección de la explotación porcina "San José" con número de relación municipal
3 del término de Gajar (Granada) en materia de lucha contra la peste porcina africana y otra enfermedades del cerdo.
Vistos los informes preceptivos y realizadas las comprobaciones sanitarias previstas en la legislación vigente, artículo 1. punto 2, del Real decreto 791
1979 de 20 de febrero; apartados 1º y 3º
de la Orden Ministerial de Agricultura de 21 de octubre de 1980 y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982, he venido en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Real Decreto 3490/1981 de 29 de diciembre y el Decreto 144/1982 de 3 de noviembre a restituir, con fecha 12 de septiembre del año en curso la titulación de granja de protección sanitaria especial que disfrutaba.
Notifíquese la presente Resolución al interesado y dése traslado a la Subdirección General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de su publicación en el BOE de acuerdo con lo que preceptúa en el apartado B punto 2 de la Resolución de 9 de febrero de 1982.
Sevilla, 12 de septiembre de 1990.- El Director General, Gerardo de la Casa Gómez.
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