Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 27/11/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 21 de noviembre de 1990, del Servicio Andaluz de Salud, sobre constitución de la Comisión de Control y Seguimiento del Registro de pacientes en tratamiento sustitutivo por métodos de diálisis y trasplante renal. (Res. 84/90).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de La Consejería de Salud y Consumo de 22 de octubre de

1985 (BOJA núm. 104, de 5 de noviembre), creó el Registro de pacientes afectos de Insuficiencia Renal Crónica, sometidos a tratamiento sustitutivo por métodos de Diálisis y Trasplante, adscribiéndolo a la Dirección General de Atención Hospitalaria y Especialidades Médicas.

En desarrollo de la misma y para mejor funcionamiento del Registro es necesario crear la Comisión de Control y Seguimiento, por ello y en virtud de las facultades que me han sido conferidas

RESUELVO:

Primero. Se constituye la Comisión de Control y Seguimiento del Registro de pacientes en tratamiento sustitutivo por métodos de Diálisis y Trasplante Renal.

Segundo. La comisión será presidida por el Director General de Atención Primaria o persona en quien delegue. Serán miembros:

El Director de la Oficina de Información e Informática o persona en quien delegue.

El Director de la Secretaría de Cuidados Médicos o persona en quien delegue.

El coordinador de Trasplantes de la Comunidad Autónoma. Un miembro de la Oficina de información e Informática adscrito al programa.

Tres Médicos Nefrólogos designados por la Sociedad Científica Andaluza de Nefrología.

Un Médico Nefrólogo designado por la Dirección General de Asistencia Especializada de entre los Facultativos con plaza en propiedad en los Servicios de Nefrología andaluces.

Un represntante de la Asociación de Enfermos renales más representativa.

Tercero. Como desarrollo del contenido del punto 3 del artículo 6º de la Orden de 22 de octubre de 1985 serán funciones de la Comisión:

a) Recabar, dirigir y analizar los datos solicitados a los Centros de la Comunidad Autónoma.

b) Facilitar el tratamiento de la información para la elaboración de las listas de esperas y proponer las modificaciones pertinentes en el Registro para una mejor funcionalidad del mismo.

c) Elaborar y distribuir los informes periódicos de los resultdos.

d) Velar por la confidencialidad de los datos y autorizar la facilitación de los mismos a terceros.

f) Establecer las relaciones con otros Registros, tanto dentro como fuera de la Comunidad Autónoma.

g) Designar a uno de sus miembros para representarles en la Comisión Técnica de Trasplantes.

h) Impulsar la investigación epidemiológica en el campo de la insuficiencia renal.

Cuarto. Los miembros de la Comisión tendrán derecho a la percepción de dietas de trabajo y desplazamiento para asistir a las sesiones de trabajo de conformidad con lo que establecen las disposiciones vigentes.

Sevilla, 21 de noviembre de 1990.- El Director-Gerente, José Luis García de Arboleya Tornero.

Descargar PDF