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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 16 de marzo de 1990, por el Tribunal superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 2993/87 promovido por Ramón Martín, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-adminitrativo interpuesto por Ramón Martín, S.A. respecto de la resolución de 7 de julio de 1987 de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería entonces llamada de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, recurso 284
87, al ser de conformidad
de otra anterior, de 15 de mayo de 1987, dictada por la Delegación Provincial de Sevilla, en expte. T-170/87, que adquirió firmeza al no haber sido impugnada en plazo hábil; sin imposición de costas.
Sevilla, 9 de noviembre de 1990.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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