Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 12/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 30 de enero de 1991, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Cádiz, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en concierto con el INEM y afectas al PER 1990.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, de conformidad con el Decreto 200/1990, de 17 de julio, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1990, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido por el art. 4. del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales, y entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Cádiz.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 200/1990, de 17 de julio.

En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art. 6. del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indican seguidamente:

Corporación Aportación Subv.Diput. Capital--. Local INEM Materiales Subvdo.J.A. ==========================================================================.

ALCALA DE LOS GAZULES 21.859.416 7.281.392 5.654.729. ALCALA DEL VALLE 51.008.255 25.356.051 19.691.509. ALGAR 6.024.170 3.012.085 2.339.185. ALGODONALES 46.360.993 23.154.511 17.981.793. BARRIOS, LOS 11.115.522 ---------- -----------. BENAOCAZ 4.865.616 2.432.808 1.889.319. BOSQUE, EL 10.963.254 5.481.627 4.257.031. CASTELLAR DE LA FRONTERA 4.196.975 1.889.805 1.467.623. CHICLANA DE LA FRONTERA 35.771.974 17.885.997 13.890.265. CHIPIONA 23.123.388 11.561.693 8.978.811. ESPERA 13.714.984 5.708.743 4.433.410. GASTOR, EL 43.529.729 21.714.204 16.863.251. GRAZALEMA 15.448.972 7.238.272 5.621.242. JEREZ DE LA FRONTETA 54.503.345 21.770.664 16.907.098. JIMENA DE LA FRONTERA 9.794.078 4.897.038 3.803.040. MEDINA-SIDONIA 36.005.048 16.279.575 12.642.718. OLVERA 78.393.656 39.196.518 30.440.016. PATERNA DE RIVERA 13.383.349 6.691.674 5.196.754. PRADO DEL REY 10.506.807 5.114.919 3.972.246. PUERTO SERRANO 47.679.252 23.839.626 18.513.853. ROTA 12.606.147 ---------- -----------. SAN FERNANDO 28.799.528 ---------- ------------. SANLUCAR DE BARRAMEDA 69.411.829 31.420.154 24.400.892. SETENIL 21.520.881 10.747.453 8.346.472. TORRE ALHAQUIME 16.541.202 8.245.308 6.403.306. TREBUJENA 44.947.492 22.472.211 17.451.919. UBRIQUE 8.368.055 4.184.027 3.249.315. VEJER DE LA FRONTERA 11.563.758 4.929.129 3.827.962. VILLALUENGA DEL ROSARIO 3.064.224 1.439.806 1.118.153. VILLAMARTIN 41.982.347 20.991.173 16.301.745. ZAHARA DE LA SIERRA 16.444.915 7.668.322 5.955.219.

DIPUTACION PROVINCIAL 389.005.096 194.501.824 151.050.116.

------------------------------------------------------------------------. TOTAL 1.202.504.257 557.106.609 432.648.992. ========================================================================.

2. El Crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Cádiz por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés de 13,50%.

3. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3. -en relación con el

2.- y siguientes del Decreto 200/1990, de 17 de julio, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Cádiz y al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 30 de enero de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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