Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 12/2/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 30 de enero de 1991, por la que se subvenciona la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba, con el Banco de Crédito Local para financiar obras municipales incluidas en concierto con el INEM y afectas al PER 1990.

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Por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de conformidad con el Decreto 200/1990, de 17 de julio, por la que se regula la concesión de subvenciones por esta Consejería a las Diputaciones Provinciales que durante el ejercicio de 1990, contraigan deudas con el Banco de Crédito Local de España, para financiar Obras Municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al PER, se ha solicitado de esta Consejería la correspondiente subvención al amparo de lo establecido por el art. 4. del Decreto citado y, de acuerdo con los Convenios suscritos entre la Junta de Andalucía, el Banco de Crédito Local de España y las Diputaciones Provinciales, y entre la Junta de Andalucía y la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

La documentación remitida por dicha Entidad Provincial, a la que une las Certificaciones pertinentes, acreditan reunir los requisitos exigidos por el Decreto 200/1990, de 17 de julio.

En su virtud, teniendo en cuenta las facultades que me confiere el art. 6. del Decreto mencionado y de conformidad con lo establecido por el art.

44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma:

DISPONGO:

1. Subvencionar de acuerdo con lo solicitado por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, las cantidades que en concepto de amortización de capital, intereses y comisión, tenga que abonar al Banco de Crédito Local de España dicha Diputación, por los Proyectos y en la cuantía de capital del préstamo concertado, que se indican seguidamente:

Corporación Aportación Subv.Diput. Capital--. Local INEM Materiales Subvdo.J.A. ===========================================================================.

AGUILAR 27.190.471 13.595.234 10.558.059. ALMEDINILLA 9.983.705 4.991.852 3.876.673. ALMODOVAR 3.001.050 1.500.525 1.165.308. AÑORA --------- 29.116 22.611. BAENA 3.595.136 1.797.568 1.395.991. BELALCAZAR 14.181.974 7.090.987 5.506.860. BENAMEJI 3.078.950 1.539.475 1.195.556. BUJALANCE 8.624.332 4.312.166 3.348.828. CAÑETE DE LAS TORRES 2.270.833 1.135.416 881.764. CARCABUEY 1.307.207 653.603 507.588. CARLOTA, LA 8.140.000 3.942.200 3.061.513. CASTRO DEL RIO 19.682.246 9.841.123 7.642.616. CONQUISTA 2.185.000 1.092.500 848.435. CORDOBA 23.807.175 11.903.587 9.244.326. DOÑA MENCIA 12.568.244 6.284.120 4.880.248. ENCINAREJO DE CORDOBA 2.853.800 1.426.900 1.108.131. ESPEJO 3.881.539 1.940.770 1.507.202. FERNAN NUÑEZ 3.638.565 1.819.282 1.412.854. FUENTE LA LANCHA 6.928.280 2.969.263 2.305.930. FUENTE OBEJUNA 8.806.824 4.403.312 3.419.612. FUENTE PALMERA 21.078.085 10.539.045 8.184.622. FUENTE TOJAR 2.382.698 1.191.349 925.202. GUADALCAZAR 3.788.334 1.894.167 1.471.010. HINOJOSA DEL DUQUE 3.409.040 1.711.881 1.329.447. LUQUE 4.000.000 2.000.000 1.553.200. MONTEMAYO 1.983.600 991.800 770.232. MONTORO 29.274.947 13.305.045 10.332.698. OBEJO 2.051.810 1.025.905 796.718. PALENCIANA 1.641.600 655.410 508.991. PALMA DEL RIO 7.829.010 3.914.505 3.040.005. PEDROCHE 4.330.820 1.922.56 1.493.290. PEÑARROYA-PUEBLONUEVO 1.374.314 687.157 533.646. POZOBLANCO 4.901.050 2.450.525 1.903.078. PUENTE GENIL 8.957.344 4.478.671 3.478.136. RAMBLA, LA 749.481 374.740 291.023. RUTE 3.184.977 1.592.488 1.236.726. SAN SEBASTIAN DE LOS B. 2.943.138 1.471.569 1.142.820. SANTAELLA 10.325.979 5.162.989 4.009.577. VALENZUELA 1.615.000 807.500 627.104. VALSEQUILLO 4.500.370 2.250.185 1.747.494. VICTORIA, LA 2.729.986 1.364.993 1.060.054. VILLA DEL RIO 15.259.808 7.430.446 5.770.484. VILLAFRANCA 18.520.056 8.374.860 6.503.916. VILLANUEVA DEL REY 5.461.632 2.730.816 2.120.752. VILLARALTO 12.700.965 6.350.482 4.931.784. VILLACIOSA 5.967.720 2.983.860 2.317.266. VISO, EL 17.430.139 8.715.069 6.768.123. ZUHEROS 2.785.598 1.375.093 1.067.897.

------------------------------------------------------------------------. TOTAL 366.902.832 180.022.405 139.805.400. ========================================================================.

2. El crédito concedido a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba por el Banco de Crédito Local de España, subvencionado por la Junta de Andalucía en su 77,66%, se concierta por un período de amortización de trece años y uno de carencia, a un interés del 13,50%.

3. Los desajustes que se produjeren en la aprobación parcial de estos Proyectos Municipales, quedarán normalizados en la valoración definitiva que de los mismos se hagan, conforme con el art. 3. -en relación con el

2.- y siguientes del Decreto 200/1990, de 17 de julio, y cuya observancia ha de tenerse en cuenta por la Excma. Diputación.

4. Esta Orden, además de su publicación en el BOJA, será comunicada a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local de España, a los efectos consiguientes.

Sevilla, 30 de enero de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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