Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 20/12/1991

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE CORDOBA

ANUNCIO de convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Oficial del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento, incluida en la Oferta Pública de Empleo de 1990.

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BASES

I. NORMAS GENERALES

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de 1 plaza de Oficial del SEIS., mediante el sistema de Concurso-oposición en turno libre, vacante en la plantilla funcionarial, perteneciente a la Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, dotadas con las retribuciones correspondientes al Grupo A, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Segunda. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y menos de 55.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto la persona que resulte seleccionada deberá someterse a reconocimiento médico por el Gabinete de Medicina Laboral, antes de su nombramiento.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera d las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión de titulación académica superior en Facultades Universitarias o Escuelas Técnicas superiores equivalente.

Tercera. Los requisitos establecidos en la base segunda deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

Para estas personas, cuando previamente lo hayan solicitado en la instancia, el Tribunal adaptará en lo posible el tiempo y medios de realización de los ejercicios de forma que gocen de igualdad de oportunidades.

Quinta.- Las instancias manifestando que se reunen todos los requisitos exigidos, deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba. Se presentarán en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las plazas en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las oficinas de Correos en la forma establecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, a ser posible en el modelo oficial existente en esta Corporación Municipal.

Sexta. El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado se presentará con el justificante de ingreso de la cantidad de 750 ptas. en concepto de derechos de examen, en su defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono, o la certificación del INEM acreditando que el aspirante está en situación de desempleo y no recibe subsidio por tal concepto.

A las instancias deberán añadirse además los siguientes documentos:

a) Historial profesional y relación de los méritos alegados en el orden en que se citan, a efectos de valorar la fase de concurso.

b) Documentos debidamente autentificados, justificativos de los méritos que se alegan, según se especifica en la base octava.

IV. ADMISION DE ASPIRANTES

Séptima.- Terminando el plazo de presentación de instancias, el Alcalde, dictará Resolución en el plazo de un es declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento se determinar el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

V.- JUSTIFICACION DE LOS MERITOS ALEGADOS

Octava. Los méritos alegados en la solicitud por los interesados, deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas y se adjuntarán en la solicitud de participación.

Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en el apartado siguiente no se valorarán.

De acuerdo con el baremo citado en el Anexo I, para cada mérito alegado se presentarán los documentos siguientes:

a) Las titulaciones académicas se justificarán con el correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo.

b) Los cursos de formación recibidos o impartidos con el certificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial del curso con indicación del número de horas lectivas.

c) La experiencia en la Administración deberá justificarse mediante el correspondiente contrato de trabajo o nombramiento corporativo y certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación expedida por el del puesto de trabajo que ocupa o haya desempeñado, dependencia a la que está adscrito y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.

d) La experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública deberá justificarse mediante el contrato de trabajo y Certificación de Empresa o certificado de cotizaciones de la Seguridad Social, donde conste el periodo y grupo de cotización.

e) Las ponencias, comunicaciones, publicaciones, etc., se justificarán con el programa oficial de la actividad (Congreso, Jornadas, etc.), así como con la copia del texto presentado.

f) Otras actividades alegadas se justificarán con los correspondientes certificados del organismo responsable de la organización de la actividad de que se trate.

VI.- TRIBUNAL CALIFICADOR

Novena. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

PRESIDENTE: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

VOCALES: - Un representante del profesorado oficial o un Técnico designado por el Presidente de la Corporación.

- El Jefe del Servicio o un Técnico designado por el Presidente de la Corporación.

- Un representante designado por la Junta de Andalucía. - Un funcionario de la Corporación, designado por la Junta de Personal, que este en posesión de titulación académica superior.

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

En todos los casos los miembros del Tribunal deberán reunir los requisitos de titulación y especialidad exigidos en el RD. 2.223/84.

Décima.- Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a aquellos cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el Art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Undécima.- El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la ase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

Decimosegunda.- En las pruebas en que se considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate.

VII. SISTEMA DE SELECCION

Decimotercera.- El procedimiento de selección constará de dos partes.

A) CONCURSO

A) FASE DE CONCURSO

Se valorarán los méritos alegados, que sean justificados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia, según se recoge en la base octava, con arreglo al baremo citado en el Anexo I.

Esta fase de Concurso no será en ningún caso eliminatoria y deberá haber finalizado al menos 48 horas antes del inicio de la fase de Oposición.

B) FASE DE OPOSICION

PRIMER EJERCICIO: Constará de dos partes:

Primera Parte: Consistirá en desarrollar por escrito durante una hora y media como máximo, dos temas propuestos por el Tribunal, entre los comprendidos en el apartado A del Anexo II de esta Convocatoria.

Segunda parte: Consistirá en desarrollar por escrito, durante una hora y media como máximo, dos temas propuestos por el Tribunal, que estén en relación con las materias que se señalan en el apartado B del temario contenido en el anexo II de esta convocatoria, no atendiéndose a un epígrafe concreto de dichos temas.

Los opositores podrán leer los temas desarrollados ante el Tribunal, si éste lo considera oportuno, quien podrá hacer las preguntas o solicitar las aclaraciones que considere necesarias sobre los temas expuestos.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada una de sus partes, siendo la puntuación total la media aritmética de las calificaciones obtenidas.

SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en desarrollar por escrito, durante cuatro horas como máximo, dos supuestos prácticos, relativos a las tareas propias de este puesto de trabajo, de acuerdo con los temas incluidos en el Apartado B del anexo II de esta convocatoria.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de veinte puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un máximo de 5 puntos en cada uno de los supuestos, siendo la puntuación total la suma aritmética de las calificaciones obtenidas.

Los opositores podrán leer su ejercicio ante el Tribunal, si éste lo considera oportuno, quién podrá hacer las preguntas o solicitar las aclaraciones que considere necesarias sobre los supuestos desarrollados.

Decimocuarta.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos justificados de fuerza mayor apreciada por el Tribunal.

El orden de actuación de los interesados para la lectura de los ejercicios en caso de realizarse, comenzará por el opositor cuyo primer apellido empieza por la letra "L", de acuerdo con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

Décimoquinta. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal será de 0 a 10, y la calificación de los aspirantes en cada ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas, pudiendo el Tribunal decidir la exclusión de aquellas que se dispersen de dicha media en + - 2 puntos.

Todas las calificaciones se harán públicas, el mismo día en que se acuerden, en el Tablón de Anuncios Municipal.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios citados, a la que ser adicionará la obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación final y el orden de puntuación definitivo.

VIII. RELACION DE APROBADOS Y PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Décimosexta.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios de esta Corporación, la puntuación del aspirante seleccionado.

Si el Tribunal apreciará que ningún aspirante reune las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza de este Concurso-Oposición.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueran, otorguen ningún derecho a los aspirantes salvo al propuesto por el Tribunal.

Decimoséptima. El aspirante propuesto presentará en el Departamento de Personal, en el plazo de 20 días naturales, desde que se haga pública la persona seleccionada, los documentos acreditativos de los requisitos en la Base 2ra. de la convocatoria.

En el caso de que el candidato tuviera la condición de funcionario público, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditativos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuera mayor, no presentarse la documentación, no podrá ser nombrado en la plaza objeto de la presente convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya podido incurrir por falsedad en la solicitud.

Decimoctava. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, al Alcalde, asistido de la Comisión de Gobierno, procederá al nombramiento del aspirante propuesto, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación. Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

IX. NORMAS FINALES

Décimonovena. En lo no previsto en las Bases de la presente convocatoria, será de aplicación el Real Decreto 2223/84 de 19 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, Real Decreto 896/91 de 7 junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y demás normativa aplicable.

Vigésima.- En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las cuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidas en estas Bases.

Vigésimoprimera.- La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Córdoba, 28 de noviembre de 1991.- El Alcalde.

ANEXO I

BAREMO DE VALORACION DE MERITOS PARA LA PROVISION DE 1 PLAZA DE OFICIAL DEL SEIS.

FORMACION:

- Por estar en posesión de Titulación Académica superior, expedida por Facultades Universitarias o Escuelas Técnicas Superiores, distinta a la acreditada para acceder a la convocatoria 1 punto

- Por realización de cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con los conocimientos necesarios para el desempeño del puesto, hasta un máximo de 2 puntos

La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 10 horas de duración ........ 0,05 puntos Cursos de 10 a 20 horas de duración ............ 0,10 puntos Cursos de 21 a 40 horas de duración ............ 0,15 puntos Cursos de 41 a 100 horas de duración ........... 0,25 puntos Cursos de más de 100 horas de duración ........ 0,50 puntos

(En caso de no justificarse la duración del Curso, éste será valorado con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir).

EXPERIENCIA PROFESIONAL:

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos S prestados en la Administración Local, en puesto de trabajo igual o similar al que se aspira, hasta un máximo de 7 puntos.

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados en otras Entidades Públicas, en puesto de trabajo igual o similar al que se aspira, hasta un máximo de 4 puntos 1 punto

- Por cada año o fracción superior a 6 meses de servicios efectivos prestados en otros puestos de dirección o mando, directamente relacionados con los Servicios de Extinción de Incendios, hasta un máximo de 3 puntos 0,50 puntos

HISTORIAL PROFESIONAL

- Por impartición de Cursos de Formación, Seminarios, etc., relacionados con las funciones desempeñadas en el puesto, hasta un máximo de 1 punto La escala de valoración será la siguiente:

Cursos de menos de 10 horas de duración ............. 0,10 puntos Cursos de 10 a 20 horas de duración ................. 0,20 puntos Cursos de 21 a 40 horas de duración ................. 0,30 " Cursos de 41 a 100 horas de duración ................ 0,50 " Cursos de más de 100 horas de duración ............. 1,00 "

- Por presentación de ponencias, comunicaciones, paneles, realización de publicaciones, etc., relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto, hasta un máximo de 1 punto

- Por realización de otras actividades profesionales directamente relacionadas con el puesto a cubrir, hasta un máximo de 1 punto

ANEXO II

TEMARIO

APARTADO A:

1.- La Constitución española de 1978. Estructura y principios constitucionales. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

2.- La organización política del Estado. La Jefatura del Estado. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial.

3.- Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Organización de la Comunidad Autónoma Andaluza.

4.- La Administración Local. Entidades Locales. El Municipio.

5.- La Organización Municipal. Organos de Gobierno y Organos Complementarios, composición y competencias.

6.- El personal al servicio de las Entidades Locales (I): Clasificación Plantillas. Relación de puestos de trabajo. Oferta de Empleo Público. Provisión de plazas y puestos. Situaciones Administrativas.

7.- El personal al servicio de las Entidades Locales (II): Derechos y Deberes. Sistemas retributivos. Relaciones laborales. Incompatibilidades.

8.- La contratación administrativa en el ámbito local. Naturaleza jurídica. Clases. Sujetos. Objeto y causa de los contratos. Sistema de selección de contratistas.

9.- Derechos y deberes de la Administración y de los contratistas. Modificación de los contratos. Revisión de precios. Interpretación, resolución, rescisión y denuncia.

10.- El patrimonio de las Corporaciones Locales. Los bienes de dominio público.

11.- La actividad de las Entidades Locales: Intervención, fomento, servicio público, actividades económicas.

12.- El acto administrativo: Concepto. Requisitos. Eficacia e invalidez del acto administrativo.

13.- El procedimiento administrativo: Principios generales. Fases del Procedimiento administrativo en la esfera local.

14.- Los recursos administrativos. Clases. Especial referencia al recurso Contencioso-Administrativo.

15.- El presupuesto de la Administración Local. Estructura presupuestaria. Actuales tendencias presupuestarias en la Administración.

16.- Financiación de las Corporaciones Locales. Recursos propios: Tributos, precios públicos e ingresos patrimoniales.

17.- La Comunidad Económica Europea: Objetivos económicos y políticos. Principales Instituciones.

18.- Fundamentos de Informática. Aplicaciones informáticas en relación a las funciones del puesto.

APARTADO B

1.- Organización de SEIS. Régimen Orgánico. Clasificación y funciones. Situaciones e incompatibilidades.

2.- Funciones y responsabilidades del Mando. Planificación, Organización, distribución y control del trabajo.

3.- Funciones de la dirección en las organizaciones. Técnicas de mando. Formas y estilo de mando.

4.- Relaciones humanas en el SEIS. La comunicación. Circuitos de información.

5.- Recursos humanos en el SEIS. Selección y acceso. Formación Profesional.

6.- El comportamiento humano ante las emergencias.

7.- Planificación de emergencias. Recursos movilizables.

8.- La evacuación, la dispersión y el albergue.

9.- El socorro, el rescate y el salvamento.

10.- Transmisiones. Medios y red de transmisiones. Conceptos: canal de trabajo, canal de reserva, malla, frecuencia de trabajo e indicativos.

11.- Principios de organización de una red de transmisiones. Las transmisiones y el SEIS.

12.- Conocimientos generales de la Ciudad de Córdoba: comunicaciones, edificios y zonas de riesgo.

13.- Esquemas de actuaciones en la Ciudad. Planes sectoriales. Sistemas preventivos.

14.- El Fuego. Naturaleza y Clasificación. Producto de la combustión. Procedimiento de extinción.

15.- El humo. El desahumado. Técnicas. Control del humo.

16.- Fuegos clase A. Técnicas de extinción. Agentes extintores.

17.- Fuegos clase B. Técnicas de extinción. Agentes extintores.

18.- Fuegos clase C. Técnicas de extinción. Agentes extintores.

19.- Métodos de eliminación de gases.

20.- Fuegos clase D. Técnicas de extinción. Agentes extintores.

21.- Fuegos eléctricos. Los transformadores y el incendio.

22.- Los PCBs y el incendio.

23.- El agua como agente extintor. Retardantes. Humectantes.

24.- Lanzas de agua. Tipos. Ventajas e inconvenientes. Hidráulica aplicada.

25.- Bombas de agua. Bombas de presión combinada. Sistemas de cebado. Hidráulica aplicada.

26.- Espumógenos. Clases y técnicas de aplicación. Tipo adecuado a cada clase de fuego.

27.- Maniobras de extinción, salvamento o cualquier otro tipo de actuación sobre plano. Misiones de cada individuo de la dotación.

28.- Tipos de incendios. Evaluación de riesgo de incendio. Incendio Urbano, industrial, forestal.

29.- Incendios Urbanos.

30.- Incendios Forestales.

31.- Incendios Industriales.

32.- Incendios en túneles. Medidas de prevención y extinción.

33.- Incendios bajo rasante.

34.- Los EGA y el incendio.

35.- Siniestros atípicos. Accidentes de circulación. Accesos forzados. Accensores.

36.- Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril. Prevención y Extinción.

37.- Las BLEVEs. Medidas de prevención. Actuación en incendios con este tipo de riesgo.

38.- BOILOVER. SLOPOVER. FROTHOVER. Medidas de Prevención. Actuación en incendios con este tipo de riesgos.

39.- La NBE-CPI-91. Generalidades.

40.- Resistencia al fuego de los elementos constructivos.

41.- Reacción al fuego de los materiales de construcción. Clasificación.

42.- Protección pasiva.

43.- La intumescencia.

44.- Sistemas fijos de detección. Construcción y mantenimiento.

45.- Sistemas fijos de extinción. Construcción y mantenimiento.

46.- Las estructuras metálicas y el incendio. Recuperación.

47.- Las estructuras de hormigón y el incendio. Recuperación.

48.- Las estructuras de madera y el incendio. Recuperación.

49.- Apuntalamientos, apeos y derribos. Construcción aplicada.

50.- Instalaciones urbanas para prevención y extinción de incendios. Condiciones urbanísticas.

51.- Elementos operativos básicos. Parque.

52.- Elementos operativos básicos. Material.

53.- Elementos operativos básicos. Vehículos contra-incendios.

54.- Equipos de protección personal.

55.- Equipos de respiración autónoma.

56.- Equipos de intervención.

57.- Unidades de intervención. Tipos. Tren de socorro.

58.- Material y técnica de rescate. Cabuyería. Medios especiales.

59.- Seguridad e Higiene en el trabajo. Protección personal y colectiva. Sistemas de prevención y protección.

60.- El mantenimiento SEIS.

61.- El SEIS y la Policía Local. Relaciones y modo de actuación.

62.- Principios generales de socorrismo y primeros auxilios. Transportes y recogida de heridos.

63.- Protección Civil. Organismos competentes. La Protección civil en Córdoba.

64.- El Plan de Emergencia Municipal.

65.- El Plan de Emergencia Químico.

66.- Accidentes mayores. El plan de Emergencia.

67.- Incendios en instalaciones hospitalarias.

68.- Incendios en Locales de Pública Concurrencia.

69.- Asociaciones relacionadas con la lucha contra incendios, Asociaciones profesionales, etc.

70.- Disposiciones legales nacionales relacionadas con la protección contra incendios en los edificios.

71.- Normativa de la CEE relacionada con la protección contra incendios. Problemática de la entrada en el Mercado Unico Europeo.

72.- La investigación en los siniestros de incendio.

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