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En virtud de la Orden de 27 de julio de 1991 (BOJA de 10 de Agosto), sobre concesión de subvenciones a Conservatorios de Música no estatales y Centros Reconocidos y Autorizados dependientes de Corporaciones Locales, y en relación con el apartado sexto, esta Dirección General, ha resuelto:
Primero: De acuerdo con el apartado cuatro de la Orden, se concede a los Centros que a continuación se relacionan las subvenciones siguientes:
Localidad: Arahal
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 278.680 pts.
Localidad: Carmona
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 273.600 pts.
Localidad: Ecija
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 340.500 pts.
Localidad: Estepona
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 312.400 pts.
Localidad: Gerena
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 318.020 pts.
Localidad: Guillena
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 284.300 pts.
Localidad: Herrera
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 323.640 pts.
Localidad: Jerez de la Frontera
Centro: Centro Oficial No Estatal Elemental Subvención: 847.424 pts.
Localidad: Lebrija
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 334.800 pts.
Localidad: Lora del Río
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 323.640 pts.
Localidad: Los Palacios
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 334.880 pts.
Localidad: Mairena del Alcor
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 278.640 pts.
Localidad: Marbella
Centro: Centro Reconocido Elemental
Subvención: 521.464 pts.
Localidad: Morón de la Frontera
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 312.400
Localidad: Nerva
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 278.680 pts.
Localidad: Niguelas
Centro: Centro Autorizado Elemental
Subvención: 312.352 pts.
Segundo: Los perceptores de ésta subvención quedan obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de tres meses a partir de la percepción de las mismas.
Tercero: Las referidas subvenciones serán libradas a justificar con cargo al presupuesto de gasto de 1991 de la Consejería de Educación y Ciencia.
Cuarto: Esta Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el BOJA.
Sevilla, 30 de octubre de 1991.- El Director General, Francisco Martín-Lagos Contreras.
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