Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 20 de diciembre de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso nº 289
89, cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor literal: Fallamos: "Que debemos desestimar y desestimamos el presente Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por D. Gerardo de Diego Acosta, contra la Resolución dictada por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, en materia de Incompatibilidad, de fecha 30 de mayo de 1990, al ser ésta conforme a Derecho; sin hacer especial declaración en cuanto a las costas.
Líbrese testimonio de esta sentencia para su unión a los autos. Firme que sea la misma, y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al Centro de Procedencia".
Sevilla, 19 de febrero de 1991.-El Director General, Juan P. Gómez Jiménez.
Descargar PDF