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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios en los capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66. De acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de
3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Cía. Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen 31
Línea eléctrica
Origen: Cable subterráneo a CC.TT. Aguas y Pagesa Final: Centro de transformación (entrada y salida) Términos municipales afectados: Cenes de la Vega Tipo: Subterránea
Longitud en Km.: 0,580
Tensión de servicio: 20 Kv.
Conductores: Al. de 3 (1x150) mm2. aislamiento 12/20 Kv. Potencia a transportar: 100 Kva.
Estación Transformadora
Emplazamiento: Urbanización Parque de Cenes Tipo: Interior
Potencia: 100 Kva.
Relación de transformación: 20 Kv,+_5%/380-220 Voltios Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 4.312.250 ptas.
Finalidad: Atender nuevas peticiones de suministro Referencia: 4737/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a la instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 7 de marzo de 1991.- El Delegado, Pedro M. Serrano León
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