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En el recurso núm. 1514/88 interpuesto por D. Juan Nieto González, se ha dictado sentencia con fecha 15.6.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"FALLO: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso- administrativo interpuesto por D. Juan José Nieto González en su nombre y representación, y debemos declarar y declaramos el derecho que asiste al actor de que le sean abonadas las diferencias de retribuciones básicas dejadas de percibir entre el 1. de marzo de 1983 y el 30 de abril de 1983, así como el abono de los intereses legales a partir de la fecha de esta sentencia."
Esta Consejería de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 8 de marzo de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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